C-620 de 2011
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Revision De Constitucionalidad De La Ley 1418 De 2010 Y De La Convencion Internacional Para La Proteccion De Todas Las Personas Contra Las Desapariciones Forzadas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ámbito de aplicación de la definición
- Aspectos procedimentales
- Composición, estructura normativa y elementos generales
- Herramientas para la persecución del delito
- Instrumentos de cooperación internacional
- La definición de desaparición forzada no repercute directamente sobre la responsabilidad penal prevista en el derecho interno colombiano, ni en las reglas
- Medidas especiales para prevenir y sancionar acciones relacionadas con los niños
- Reglas que debe cumplir el plazo de prescripción por el delito de desaparición forzada, cuando el ordenamiento interno de un Estado no admite de manera ge
- Régimen de responsabilidad penal de orden sustancial y procesal a ser establecido por los Estados-partes frente a la desaparición forzada
- Aplicación del principio aut federe aut audicare como fórmula complementaria de la cooperación internacional en asuntos penales
- Compatibilidad con la Constitución Política
- Contenido y alcance sobre sanción y extradición
- Creación y poderes del comité contra la desaparición forzada
- Cumplimiento de los límites temporales para tramitar el proyecto de ley
- Cumplimiento de los requisitos derivados del artículo 160 de la Constitución
- Delito de desaparición forzada y el régimen de prescripción aplicable
- Efectos de la definición
- Garantías procesales
- Mecanismos de aplicación y ratificación por parte de los Estados partes
- Trámite legislativo
- Consecuencia de la práctica generalizada o sistemática
- Lo prescriptible e imprescriptible
- Configuración del delito en la convención internacional resulta menos garantista que la que se contempla en el derecho interno
- Definiciones
- Elementos relacionados con la naturaleza del delito
- Fundamento en la intervención legítima del estado en el marco de un Estado Social de Derecho y de una Economía Social de Mercado
- Corresponde al Congreso fijar los supuestos para su aplicación
- Aplicación en tratándose de crímenes internacionales y de su imprescriptibilidad
- Casos en que han representado posturas diferentes respecto de la aplicación de la imprescriptibilidad en crímenes de lesa humanidad
- Problemas que presentan
- Características
- Concepto
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Concepto
- Ingredientes normativos de carácter sustancial contemplan apenas mínimos que no afectan las decisiones adoptadas por los Estados
- Protección muy especial cuando se trata de menores de edad
- Derechos específicos
- Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Imprescriptibilidad constituye un debate no acabado
- Improcedencia de la aplicación automática de regla de imprescriptibilidad
- Improcedencia de la imprescriptibilidad
- Tratados, organismos y tesis de derecho internacional en que se sustenta la imprescriptibilidad
- Contenido y alcance
- Debe determinarse en atención a los requisitos del Estatuto de Roma
- Problemas que comprende su consideración como fuente normativa de la regla de la imprescriptibilidad de los crímenes internacionales
- Fuentes
- Regla constitucional derivada de la cláusula general de libertad personal
- Constituye límites a la actividad de las autoridades públicas y para la configuración legislativa
- Inaplicación como regla al derecho penal interno
- No constituye fundamento jurídico para incorporarla como regla en el ordenamiento jurídico interno
- Aplicación de norma subsidiaria
- Concepto
- Imprescriptibilidad de la acción penal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad de la Ley 1418 de 2010, por medio de la cual se aprueba la “Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas”, adoptada en Nueva York el 20 de diciembre de 2006.
Hecho el correspondiente análisis formal y material, considera la Corte que el instrumento aprobado mediante la Ley 1428 de 2010, cumple los procedimientos exigidos en la Constitución y la Ley para integrar el ordenamiento jurídico interno.
Así mismo destaca que, los objetivos y el contenido de la convención sometida a control busca la prevención, erradicación y represión del crimen de desaparición forzada, así como la promoción y efectiva protección de los derechos de las personas y ciudadanos afectados por el mismo, lo que no solo se aviene al contenido del texto constitucional, sino que constituye una oportunidad para el mejor cumplimiento de varios preceptos superiores.
Se declaran EXEQUIBLES la “Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas” firmada en Nueva York el 20 de diciembre de 2006 y la Ley 1418de 2010, por medio de la cual se aprueba la misma.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1418/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLES la "Convencion Internacional para la proteccion de todas las personas contra las desapariciones forzadas", adoptada en Nueva York el 20 de diciembre de 2006 y la Ley 1418 del 1o de diciembre de 2010, por medio de la cual se aprueba dicha convencion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.