C-370 de 2014
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Ana Maria Diez De Fex Y Otros·Demandado Ley 1537 De 2012, Articulo 12, Paragrafo 3
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Instrumentos internacionales de protección
- Requisitos que debe cumplirse
- Alcance y contenido
- Función de la ejecución de pena
- Sujetos de especial protección constitucional
- Criterios jurídicos para determinarlo
- Aplicación
- Etapas
- Niveles de intensidad
- Herramienta argumentativa útil para analizar las restricciones a los derechos fundamentales de las personas
- Exigencia de que sanciones impuestas por autoridades y Legislador, no impliquen sacrificios no justificados a la luz de la Carta
- Jurisprudencia constitucional
- Criterio de interpretación constitucional
- Desconoce principios de legalidad, proporcionalidad y dignidad humana
- Juicio de proporcionalidad
- Aptitud de la demanda
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Jurisprudencia constitucional
- Intemporalidad
- Jurisprudencia constitucional
- Resocialización del condenado
- Alcance de la protección frente a su desarrollo armónico e integral y al ejercicio pleno de sus derechos
- Consagración constitucional e internacional
- Definición
- Requisitos
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo tercero del artículo 12 de la Ley 1537 de 2012, por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones.
Aseveran los actores que el sistema de preferencias establecido en el artículo 12 de la Ley 1537 para el otorgamiento del subsidio en especie de vivienda para población vulnerable, es desconocido por la exclusión que introduce el parágrafo 3º acusado, al restringir el acceso al subsidio a quienes tienen antecedentes penales por haber cometido delitos contra menores de edad.
Para los demandantes, esta exclusión es desproporcionada y violatoria de los artículos 12, 13 y 51 de la Constitución Política.
La Corte concluye que el aparte normativo acusado, a la luz de la categoría de Estado Social de Derecho, tiene efectos desproporcionados pues sacrifica derechos fundamentales de las personas que estuvieron privadas de la libertad por haber cometido cualquier tipo de delito contra menores de edad, sin que se acredite que el fin constitucional para el cual fue creada la medida cumpla con la finalidad de proteger los derechos fundamentales de los menores de edad y prevenir la comisión de delitos en su contra.
INEXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1537/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE, por el cargo analizado, el paragrafo 3deg del articulo 12 de la Ley 1537 de 2012.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.