Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de enero de 2003Sala Plena

C-004 de 2003

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

✓Demandante Santiago Acevedo Martelo

✓
Tema · dato duro
Ley 600 De 2000. Art. 220 Num. 3 (P.). Codigo De Procedimiento Penal. Accion De Revision. Procedencia Contra Sentencia Condenatoria Preclusion De La Investigacion Cesacion De Procedimiento Y Decision Absolutoria. Inocencia E Inimputabilidad Del Condenado.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Revision
  • Hechos o pruebas nuevas
  • Naturaleza
  • Incumplimiento investigativo del Estado en violación de derechos humanos y derecho internacional humanitario
  • Procedencia por aparición de hechos o pruebas nuevas en violación a derechos humanos y derecho internacional humanitario
  • Procedencia por causales taxativas señaladas por la ley
  • Restricción en beneficio del condenado
Decision De Instancia Internacional
  • Constata existencia de hecho
  • Constata incumplimiento investigativo del Estado
Derechos De Victimas Del Delito
  • Reconocimiento e importancia
  • Restablecimiento
  • Deber investigativo del Estado
  • Evolución de normatividad internacional
  • Importancia proporcional a la gravedad del hecho punible
  • Investigación estatal proporcional a gravedad del hecho punible
Derechos Humanos Y Derecho Internacional Humanitario
  • Impunidad de las violaciones es más grave por incumplimiento investigativo del Estado
  • Reapertura de investigación por hechos o pruebas nuevas para protección de víctimas
  • Afectación grave
Legislador
  • Armonización de derechos y valores en conflicto
Principio Non Bis In Idem
  • Refuerzo
  • Límites
  • Límites para proteger derechos de las víctimas
  • Protección
  • Relativización
Sentencia Integradora
  • Autorización acción de revisión para proteger derechos de las víctimas
Autoridad Judicial
  • Declaración de instancia para que proceda la revisión
Cosa Juzgada
  • Efectos
  • No es absoluta
  • Definición
Delito
  • Proporcionalidad con el principio non bis in idem y la seguridad jurídica
Derechos Humanos
  • Protección internacional
Hecho Punible
  • Expresiones constitucionales
20 temas · 39 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el numeral 3deg del articulo 220 de la Ley 600 de 2000 o Codigo de Procedimiento Penal, en el entendido de que, de conformidad con los fundamentos 31, 36 y 37 de esta sentencia, la accion de revision por esta causal tambien procede en los casos de preclusion de la investigacion, cesacion de procedimiento y sentencia absolutoria, siempre y cuando se trate de violaciones de derechos humanos o infracciones graves al derecho internacional humanitario, y un pronunciamiento judicial interno, o una decision de una instancia internacional de supervision y control de derechos humanos, aceptada formalmente por nuestro pais, haya constatado la existencia del hecho nuevo o de la prueba no conocida al tiempo de los debates. Igualmente, y conforme a lo senalado en los fundamentos 34, 35 y 37 de esta sentencia, procede la accion de revision contra la preclusion de la investigacion, la cesacion de procedimiento y la sentencia absolutoria, en procesos por violaciones de derechos humanos o infracciones graves al derecho internacional humanitario, incluso si no existe un hecho nuevo o una prueba no conocida al tiempo de los debates, siempre y cuando una decision judicial interna o una decision de una instancia internacional de supervision y control de derechos humanos, aceptada formalmente por nuestro pais, constaten un incumplimiento protuberante de las obligaciones del Estado colombiano de investigar en forma seria e imparcial las mencionadas violaciones.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.