Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de enero de 2003Sala Plena

C-004 de 2003

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Santiago Acevedo Martelo

Tema · dato duro
Ley 600 De 2000. Art. 220 Num. 3 (P.). Codigo De Procedimiento Penal. Accion De Revision. Procedencia Contra Sentencia Condenatoria Preclusion De La Investigacion Cesacion De Procedimiento Y Decision Absolutoria. Inocencia E Inimputabilidad Del Condenado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Revision
  • Hechos o pruebas nuevas
  • Naturaleza
  • Incumplimiento investigativo del Estado en violación de derechos humanos y derecho internacional humanitario
  • Procedencia por aparición de hechos o pruebas nuevas en violación a derechos humanos y derecho internacional humanitario
  • Procedencia por causales taxativas señaladas por la ley
  • Restricción en beneficio del condenado
Decision De Instancia Internacional
  • Constata existencia de hecho
  • Constata incumplimiento investigativo del Estado
Derechos De Victimas Del Delito
  • Reconocimiento e importancia
  • Restablecimiento
  • Deber investigativo del Estado
  • Evolución de normatividad internacional
  • Importancia proporcional a la gravedad del hecho punible
  • Investigación estatal proporcional a gravedad del hecho punible
Derechos Humanos Y Derecho Internacional Humanitario
  • Impunidad de las violaciones es más grave por incumplimiento investigativo del Estado
  • Reapertura de investigación por hechos o pruebas nuevas para protección de víctimas
  • Afectación grave
Legislador
  • Armonización de derechos y valores en conflicto
Principio Non Bis In Idem
  • Refuerzo
  • Límites
  • Límites para proteger derechos de las víctimas
  • Protección
  • Relativización
Sentencia Integradora
  • Autorización acción de revisión para proteger derechos de las víctimas
Autoridad Judicial
  • Declaración de instancia para que proceda la revisión
Cosa Juzgada
  • Efectos
  • No es absoluta
  • Definición
Delito
  • Proporcionalidad con el principio non bis in idem y la seguridad jurídica
Derechos Humanos
  • Protección internacional
Hecho Punible
  • Expresiones constitucionales
20 temas · 39 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el numeral 3deg del articulo 220 de la Ley 600 de 2000 o Codigo de Procedimiento Penal, en el entendido de que, de conformidad con los fundamentos 31, 36 y 37 de esta sentencia, la accion de revision por esta causal tambien procede en los casos de preclusion de la investigacion, cesacion de procedimiento y sentencia absolutoria, siempre y cuando se trate de violaciones de derechos humanos o infracciones graves al derecho internacional humanitario, y un pronunciamiento judicial interno, o una decision de una instancia internacional de supervision y control de derechos humanos, aceptada formalmente por nuestro pais, haya constatado la existencia del hecho nuevo o de la prueba no conocida al tiempo de los debates. Igualmente, y conforme a lo senalado en los fundamentos 34, 35 y 37 de esta sentencia, procede la accion de revision contra la preclusion de la investigacion, la cesacion de procedimiento y la sentencia absolutoria, en procesos por violaciones de derechos humanos o infracciones graves al derecho internacional humanitario, incluso si no existe un hecho nuevo o una prueba no conocida al tiempo de los debates, siempre y cuando una decision judicial interna o una decision de una instancia internacional de supervision y control de derechos humanos, aceptada formalmente por nuestro pais, constaten un incumplimiento protuberante de las obligaciones del Estado colombiano de investigar en forma seria e imparcial las mencionadas violaciones.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.