C-004 de 2003
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Santiago Acevedo Martelo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hechos o pruebas nuevas
- Naturaleza
- Incumplimiento investigativo del Estado en violación de derechos humanos y derecho internacional humanitario
- Procedencia por aparición de hechos o pruebas nuevas en violación a derechos humanos y derecho internacional humanitario
- Procedencia por causales taxativas señaladas por la ley
- Restricción en beneficio del condenado
- Excepciones
- Constata existencia de hecho
- Constata incumplimiento investigativo del Estado
- Reconocimiento e importancia
- Restablecimiento
- Deber investigativo del Estado
- Evolución de normatividad internacional
- Importancia proporcional a la gravedad del hecho punible
- Investigación estatal proporcional a gravedad del hecho punible
- Impunidad de las violaciones es más grave por incumplimiento investigativo del Estado
- Reapertura de investigación por hechos o pruebas nuevas para protección de víctimas
- Afectación grave
- Armonización de derechos y valores en conflicto
- Refuerzo
- Límites
- Límites para proteger derechos de las víctimas
- Protección
- Relativización
- Autorización acción de revisión para proteger derechos de las víctimas
- Alcance
- Incumplimiento del proceso investigativo del Estado
- Garantías formales
- Declaración de instancia para que proceda la revisión
- Efectos
- No es absoluta
- Definición
- Proporcionalidad con el principio non bis in idem y la seguridad jurídica
- Declaración de instancia para que proceda la revisión
- Protección internacional
- Expresiones constitucionales
- Contenido
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el numeral 3deg del articulo 220 de la Ley 600 de 2000 o Codigo de Procedimiento Penal, en el entendido de que, de conformidad con los fundamentos 31, 36 y 37 de esta sentencia, la accion de revision por esta causal tambien procede en los casos de preclusion de la investigacion, cesacion de procedimiento y sentencia absolutoria, siempre y cuando se trate de violaciones de derechos humanos o infracciones graves al derecho internacional humanitario, y un pronunciamiento judicial interno, o una decision de una instancia internacional de supervision y control de derechos humanos, aceptada formalmente por nuestro pais, haya constatado la existencia del hecho nuevo o de la prueba no conocida al tiempo de los debates. Igualmente, y conforme a lo senalado en los fundamentos 34, 35 y 37 de esta sentencia, procede la accion de revision contra la preclusion de la investigacion, la cesacion de procedimiento y la sentencia absolutoria, en procesos por violaciones de derechos humanos o infracciones graves al derecho internacional humanitario, incluso si no existe un hecho nuevo o una prueba no conocida al tiempo de los debates, siempre y cuando una decision judicial interna o una decision de una instancia internacional de supervision y control de derechos humanos, aceptada formalmente por nuestro pais, constaten un incumplimiento protuberante de las obligaciones del Estado colombiano de investigar en forma seria e imparcial las mencionadas violaciones.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.