Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de agosto de 2011Sala Plena

C-600 de 2011

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Ana Maria Rodriguez Polonia Y Otro·Demandado Codigo De Procedimiento Civil, Articulo 150 Numerales 7, 8, 10, 11, 13 Y 14 (Parciales)

Tema · dato duro
Causales De Recusacion. Omisión Legislativa Relativa Que Vulnera El Derecho A La Igualdad, Al No Incluir En Las Normas Demandadas Al Compañero O Compañera Permanente Y A Los Parientes En Primer Grado Civil
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Causales De Recusacion
  • Omisión legislativa relativa que vulnera el derecho a la igualdad, al no incluir en las normas demandadas al compañero o compañera permanente y a los parientes en primer grado civil
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación del principio pro actione
Igualdad De Derechos Y Obligaciones Entre Los Hijos
  • Prohibición de discriminación por el origen familiar
  • Jurisprudencia constitucional
Imparcialidad
  • Doble dimensión
Matrimonio Y Union Marital De Hecho
  • Diferencias
  • Entre sus integrantes surgen vínculos morales y efectivos en virtud del proyecto de vida en común que han asumido
  • Las dos instituciones dan origen a una familia y, desde este punto de vista, merecen igual protección constitucional
Omisión Legislativa Relativa
  • Condiciones
  • Concepto
  • Elementos que la configuran
Hijos Consanguineos E Hijos Adoptivos
  • No es posible hacer distinciones
Imparcialidad Como Atributo De La Administracion De Justicia
  • Contenido y alcance en el ámbito internacional
Imparcialidad De Los Jueces
  • Uno de los pilares de fundamentales de la administración de justicia
Legislador
  • No puede excluir, sin una razón valida constitucionalmente, a personas con las que existe igual relación de cercanía, afecto y protección que pueden llegar a incidir en la imparcialidad de los jueces
Legitimidad De La Decision Judicial O Administrativa
  • Descansa en la imparcialidad del órgano encargado de aplicar la ley
Juez
  • Debe decidir despojado de cualquier atadura que pueda comprometer su recto entendimiento y aplicación del orden jurídico, por la presencia de alguna de las causales de impedimento
Norma Preconstitucional
  • Explica la omisión del legislador, pero no la justifica a la luz de los principios y valores que inspiran el nuevo ordenamiento constitucional
Omision Legislativa Absoluta
  • Incompetencia de la Corte Constitucional
Omision Legislativa
  • No siempre debe ser sometida a control constitucional
22 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Código de Procedimiento Civil.

Demanda de Inconstitucionalidad contra el artículo 50, numerales 7, 8, 10, 11, 13 y 14 (parciales).

Los demandantes atacan las expresiones “cónyuge o pariente en primer grado de consanguinidad”, “su cónyuge o pariente en primer grado de consanguinidad” y “cónyuge” contenidas en el artículo 150 impugnado, porque a su parecer excluye de su campo de acción al compañero o compañera permanente y desconoce la igualdad existente entre parientes por consanguinidad y parientes civiles.

En el presente caso la Corte evidenció una omisión legislativa relativa que vulneraba el derecho a la igualdad.

Se resuelve declarar EXEQUIBLE por los cargos examinados, las expresiones “cónyuge” y “su cónyuge”, contenidas en los numerales 7, 8, 10, 11, 13 y 14, bajo el entendido que comprenden también al compañero o compañera permanente y EXEQUIBLE por los cargos examinados, las expresiones “pariente en primer grado de consanguinidad”, contenidas en los artículos 7 y 8 del artículo 150 atacado, en el entendido que incluye también a los parientes en el grado primero civil (hijo e hija adoptivos y padre o madre adoptantes).

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 150Decreto 1400/70 «numeral 8»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos examinados, las expresiones "conyuge" y "su conyuge" empleadas en los numerales 7, 8, 10, 11, 13 y 14 del articulo 150 del Codigo de Procedimiento Civil, bajo el entendido que comprenden tambien al companero o companera permanente.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos examinados, las expresiones "o pariente en primer grado de consanguinidad", empleadas en los numerales 7 y 8 del articulo 150 del Codigo de Procedimiento Civil, en el entendido que incluyen tambien a los parientes en el grado
  3. primero. civil (hijo e hija adoptivos y padre o madre adoptantes).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.