Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de febrero de 2024Sala Plena

C-028 de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Ramos Arismendi Paula Andrea·Demandado Ley 1098 De 2006

Tema · dato duro
Norma Que Exige Copia De La Sentencia De Adopción Ejecutoriada, Como Requisito Para La Salida Del País De Niños, Niñas Y Adolescentes, Es Inconstitucional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Familia
  • Importancia en el derecho internacional
  • Reconocimiento y protección constitucional de los diferentes tipos
  • Concepto
Adopcion
  • Contenido y alcance
  • Requisitos generales
  • Proceso orientado a la búsqueda del interés superior del menor
  • Medida de protección al menor para garantizar su derecho a tener una familia y suplir las relaciones de filiación
  • Modalidades
  • Procedimiento
Niños Y Niñas Como Sujetos De Especial Proteccion E Interes Superior Del Menor
  • Protección y prevalencia de sus derechos sobre los derechos de los demás
Niños, Niñas Y Adolescentes Con Parentesco Civil
  • Exigencia de sentencia de adopción ejecutoriada como requisito para la salida del país vulnera sus derechos a la igualdad, a la intimidad y a tener una familia
Familia En La Constitucion Politica Vigente
  • Institución básica e imprescindible de toda organización social
Derecho A La Igualdad
  • Prohibición de discriminación por razón del origen familiar
Adopcion En Colombia
  • Régimen jurídico
Registro Civil De Nacimiento
  • Importancia constitucional
  • Función
15 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 128 (parcial) de la Ley 1098 de 2006, por medio de la cual se expide el Código de infancia y adolescencia.

En este caso se cuestionó la disposición que exige la presentación ante las autoridades migratorias de copia de la sentencia de adopción con la constancia de ejecutoria, como requisito para la salida del país de niños, niñas y adolescentes con filiación civil.

Los accionantes consideran que dicha norma contraría los artículos 13, 15, 42 y 44 de la Constitución porque: (i) impone un trato discriminatorio por razón del origen familiar entre niños, niñas y adolescentes que tienen parentesco civil y consanguíneo de manera injustificada; (ii) vulnera el derecho a la intimidad personal y familiar de los niños, niñas y adolescentes, pues no existe razón constitucional válida para que la información sensible contenida en la sentencia sea exhibida y; (iii) afecta el derecho de los niños, niñas y adolescentes a tener una familia y el carácter prevalente de sus derechos.

Se declara la INEXEQUIBILIDAD de la expresión “Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”, por resultar discriminatoria frente a los niños, niñas y adolescentes unidos a sus familias por vínculo civil.

Se ordenó a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia adoptar todas las medidas necesarias en el uso de nuevas tecnologías, convenios de interoperabilidad, entre otros mecanismos, a fin de garantizar la verificación y autenticación plena de la identidad de niños, niñas y adolescentes en los procesos migratorios, y asegurar así su protección reforzada y la prevalencia de sus derechos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1098/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 128Ley 1098/06INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE la expresión "Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria" contenida en el artículo 128 de la Ley 1098 de 2006, "[p]or medio de la cual se expide el Código de infancia y adolescencia".
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia que adopte todas las medidas necesarias en el uso de nuevas tecnologías, convenios de interoperabilidad, entre otros mecanismos, a fin de garantizar la verificación y autenticación plena de la identidad de niños, niñas y adolescentes en los procesos migratorios, y asegurar así su protección reforzada y la prevalencia de sus derechos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.