Micelio
Sentencia de Constitucionalidad26 de junio de 2014Sala Plena

C-390 de 2014

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Flora Blanquicett Acevedo Y Otra·Demandado Ley 906 De 2004 Articulo 317 (Parcial)

Tema · dato duro
Medida De Detencion Provisional Del Imputado O Acusado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Causales De Libertad En Ley 906 De 2004
  • Evolución normativa
  • Interpretaciones respecto de la expresión “formulación de acusación” contenida en disposición demandada
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación del principio pro actione
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Derecho Viviente
  • No equivale a derecho conforme a la Constitución
Doctrina Del Derecho Viviente
  • Alcance
  • Requisitos para que pueda predicarse dicha situación
Formulacion De Acusacion
  • Jurisprudencia constitucional
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
  • Acto complejo que se conforma por dos oportunidades procesales
Interpretacion Respecto De Expresion Formulacion De La Acusacion
  • Análisis literal de la expresión y sistemático del Código de Procedimiento Penal
  • Derecho viviente como corolario de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
Ley En Materia De Medida De Aseguramiento Privativa De La Libertad
  • Entendimiento de la Corte Suprema de Justicia de la acusación como acto complejo que puede llevar a que los funcionarios judiciales entiendan que el término comienza a correr desde la real
  • Modificación al Código de Procedimiento Penal frente a la aplicación de las causales de libertad provisional y el término “formulación de la acusación”
  • Se podría señalar la vigencia temporal del fallo frente a la aplicación del principio de favorabilidad en relación con solicitudes de libertad negadas previamente
  • Funcionarios judiciales han entendido que el término “formulación de la acusación” se refiere a la realización de la audiencia generando inseguridad jurídica
  • Se afecta la libertad de las personas investigadas si se presenta el escrito de acusación en término y luego se prolonga la realización de la audiencia de formulación de la acusación duran
  • Se podría expresar que tratándose de un fallo de exequibilidad condicionada solo se aplicará a procesos que no hayan iniciado la audiencia de formulación de la acusación
  • Tiempo proporcional y razonable que debe transcurrir entre la presentación del escrito de acusación y el inicio del juicio oral
Libertad Provisional
  • Casos en que no se podrá conceder por vencimiento de términos
Medidas De Aseguramiento
  • Limites
  • Privativas de la libertad o restrictivas de otros derechos y libertades
  • No equivalente a sentencia condenatoria
  • Finalidad
Proceso
  • Realización de la justicia
Corte Constitucional
  • Competencia en materia de control constitucional en defensa de la Constitución y no como juez de legalidad o conveniencia de las interpretaciones vertidas por otros órganos judiciales
Derecho A Un Plazo Razonable En Proceso Penal
  • Consagración en Convención Americana de Derechos Humanos
Detencion Preventiva
  • Establecimiento de límites temporales a la duración parte de los principios de legalidad y proporcionalidad que deben gobernar la medida
Medida De Aseguramiento
  • Finalidad
  • Objeto preventivo
Medida De Detencion Provisional Del Imputado O Acusado
  • Debe existir término preciso, máximo y perentorio a partir del cual no puede prolongarse
Proceso Penal
  • Importancia del plazo razonable
Plazo Razonable En Materia De Privacion De La Libertad Antes De La Sentencia
  • Continua vulneración por los funcionarios judiciales sin ninguna justificación presentándose múltiples acciones de habeas corpus
27 temas · 43 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra una expresión contenida en el numeral 5º del artículo 317 de la Ley 906 de 2004, modificada por la Ley 1453 de 2011.

Los actores consideran que la expresión “la formulación de la acusación” desconoce los artículos 2, 28 y 29 de la Constitución Política, así como algunas disposiciones que hacen parte del Bloque de Constitucionalidad.

A juicio de los demandantes, esta norma permite que los jueces apliquen el término para que se conceda la libertad por vencimiento del mismo, a partir de la audiencia de lectura de la acusación y no desde la presentación del escrito de acusación.

Según lo alegado, tal situación conduce a la privación de la libertad de una persona sin la sujeción a un plazo razonable, es decir, de forma indefinida en la medida que queda sujeta a que el juez lleve a cabo la respectiva audiencia oral de acusación.

La Sala concluye que en el asunto bajo examen se presenta el problema de la carencia de claridad sobre la extensión de la privación de la libertad, por demás provisional, de quien se encuentra sometido al trámite de un proceso penal.

Igualmente precisa que, al no estar regulado el término máximo que debe mediar entre el escrito de acusación y la audiencia de formulación de acusación, se deja al arbitrio del juez de manera indefinida la extensión del mismo, lo que conduce a eventuales dilaciones injustificadas que derivan en abierta vulneración constitucional del derecho de libertad del procesado.

Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de la expresión acusada, en el entendido de que salvo que el legislador disponga un término distinto, el previsto en dicho numeral se contará a partir de la radicación del escrito de acusación.

Los efectos de la anterior declaratoria quedan diferidos hasta el 20 de julio de 2015, a fin de que el Congreso de la República expida la regulación correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, la expresion "la formulacion de la acusacion" del numeral 5o del articulo 317 de la Ley 906 de 2004, en el entendido de que salvo que el legislador disponga un termino distinto, el previsto en dicho numeral se contara a partir de la radicacion del escrito de acusacion.
  2. Segundo. De conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia, los efectos de la anterior declaracion de exequibilidad condicionada quedan diferidos hasta el 20 de julio de 2015, a fin de que el Congreso de la Republica expida la regulacion correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónJorge Ignacio Pretelt ChaljubAclaraciónAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.