C-229 de 2015
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Mary Gonzalez De Guevara·Demandado Ley 1450 De 2011, Articulo 200 (Parcial)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Regla que determina la entrada en vigencia de clausula derogatoria del artículo 9 de la Ley 1395 de 2010 en materia de descongestión judicial
- Procedencia
- Improcedencia por no producción de efectos jurídicos
- Norma derogada sin efectos jurídicos
- Leyes concernientes a la sustanciación y ritualidad de los juicios prevalecen sobre las anteriores desde el momento en que deben empezar a regir
- Derogación expresa del artículo 9 de la Ley 1395 de 2010 en materia de descongestión judicial
- Expresa, tácita y orgánica
- Definición
- Fenómeno Jurídico
- Inhibición por incumplimiento de los requisitos de pertinencia, suficiencia y claridad
- Alcance del artículo 9 de la Ley 1395 de 2010 en materia de descongestión judicial según sentencia C-436 de 2011
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 200 (parcial) de la Ley 1450 de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014.
La actora estima que la disposición objeto de censura contraviene lo dispuesto en los artículos 13, 158 y 229 de la Constitución.
La Sala encontró dos razones que impedían un pronunciamiento de fondo sobre lo planteado.
La primera relacionada con la actual falta de vigencia de la norma acusada, en tanto fue derogada por el Código General del Proceso el artículo 9º de la Ley 1395 de 2010, que es la norma cuya aplicación excepcionaba la ahora demandada.
La segunda, relativa a la falta de aptitud sustantiva de la demanda, ya que la actora incumplió con el requisito de pertinencia al invocar como motivos de inconstitucionalidad razones de orden puramente legal o de conveniencia y, los posibles efectos de la norma acusada, aspectos que tienen en común el no poder generar un juicio de inconstitucionalidad.
Con base en lo anterior, la Sala decidió INHIBIRSE de decidir sobre el cargo formulado.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1395/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.