Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de abril de 2017Sala Plena

C-213 de 2017

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Maria Alejandra Galvez Alzate Y Otros·Demandado Ley 1564 De 2012

Tema · dato duro
Recurso De Casación. Cuantía Para Recurrir.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Codigo General Del Proceso
  • Cuantía de las pretensiones como criterio de procedencia de recursos judiciales, no afecta el derecho de acceso a la administración de justicia e igualdad
  • Cuantía de las pretensiones como criterio de procedencia de recursos judiciales, cumple una finalidad constitucionalmente legítima
  • Cuantía del interés para recurrir en casación
Casacion
  • Procedencia de oficio cuando se comprometa gravemente el orden público, patrimonio público o se atente contra los derechos y garantías reconocidos en la Constitución
Congreso De La Republica
  • Competencia para hacer leyes, expedir y reformar códigos
Demanda De Inconstitucionalidad Contra El Codigo General Del Proceso En Materia De Cuantia Del Interes Para Recurrir
  • Incumplimiento de requisitos de especificidad y suficiencia en el cargo por violación al principio de progresividad
Incremento De Cuantia Del Interes Para Recurrir En Casacion Civil Cuando La Pretension Es De Naturaleza Economica
  • Carece de justificación por el legislador a partir de un análisis empírico o científico evidente y su implementación normativa no fue product
  • Desproporcionalidad a partir de criterios de interpretación teleológico y sistemático
Legislador
  • Regulación de formas procedimentales
Libertad De Configuracion Legislativa En Recurso Procesal
  • Control constitucional a partir de test intermedio
  • Alcance
  • Recursos y medios de defensa
Recurso Extraordinario De Casacion Dentro Del Sistema Constitucional
  • Expresión del carácter unitario del Estado
  • Mecanismo judicial intrínsecamente relacionado con la protección de derechos fundamentales
Recurso Extraordinario De Casacion
  • Improcedencia general
  • Origen y funciones
  • Requisitos de procedencia
  • Ampliación de sentencias susceptibles de recurso en el Código General del Proceso
  • Fases
  • No puede considerarse como una tercera instancia
Cuantia De Pretensiones Como Criterio De Procedencia De Recursos Judiciales
  • Conducencia para alcanzar el propósito deseado
  • Criterio constitucionalmente permitido en el marco de la libre configuración del legislador
  • No es aplicable en casos en que las pretensiones no sean esencialmente económicas o se trate de acciones de grupo, populares y de estado civil
  • No resulta contrario al derecho de acceso a la administración de justicia
  • No vulnera la condición de la Corte Suprema de Justicia como tribunal de casación
Estado Social De Derecho
  • Compromiso con la igualdad material
Estado
  • Protección especial a personas en circunstancias de debilidad manifiesta
Incremento De Cuantia Del Interes Para Recurrir En Casacion Civil, Cuando La Pretension Sea De Naturaleza Economica
  • Impone al recurrente una carga desproporcionada que constituye una barrera injustificada para el acceso a la administración de justicia ext
Libertad De Configuracion Legislativa
  • Formas propias de cada juicio
Rango Constitucional De La Casacion
  • Implica que el legislador no tiene plena libertad para organizar el alcance de este recurso
21 temas · 36 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 338 (parcial) de la Ley 1564 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones.

Los demandantes aducen que la norma cuestionada desconoce los artículos 2, 13, 89, 229 y 235 de la Constitución, al fijar como decisión de procedencia del recurso de casación, cuando las pretensiones son esencialmente económicas, que el valor actual de la resolución desfavorable del recurrente sea superior a mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La Corte considera que la casación no constituye un recurso que tenga por objeto la activación de una instancia, sino que se trata de un medio extraordinario de impugnación al que históricamente y también en la actualidad, se anudan objetivos de importancia constitucional.

De ahí, que no sea posible considerar contrarias a la Carta aquellas medidas que, sin anular la configuración básica del recurso, pretendan optimizar la realización de sus diferentes fines.

EXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1564/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 338Ley 1564/12 «sea superior a un mil salarios minimos legales mensuales vigentes (1000 smlmv)»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar la EXEQUIBILIDAD de la expresion "sea superior a un mil salarios minimos legales mensuales vigentes (1000 smlmv)" contenida en el primer inciso del articulo 338 de la Ley 1564 de 2012.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJosé Antonio Cepeda Amarís
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.