C-596 de 2000
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Carlos Alberto Maya Restrepo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pronunciamiento oficioso sobre violación de derechos fundamentales
- Requisitos en demanda de casación civil
- Finalidad en su origen
- Pronunciamiento oficioso sobre violación de derechos fundamentales
- Cuantía para recurrir
- Establecimiento de causales
- Regulación
- Producción de efectos jurídicos
- Moderación del requisito de integración
- Características
- Procedencia excepcional
- Pronunciamiento oficioso sobre violación de derechos fundamentales
- Regulación compete al legislador
- Requisitos para la demanda
- Admisión
- Finalidad de la regulación
- Fundamentación en violación de normas constitucionales
- Límites en regulación de formas procedimentales
- Regulación de formas procedimentales
- Ausencia de cargos
- No señalamiento de norma constitucional infringida
- Procedencia contra determinadas sentencias
- Establecimiento de excepciones
- Establecimiento de distintos procedimientos según el asunto
- Establecimiento de medios de impugnación
- No discriminación en cuantía para recurrir
- Regulación
- Requisitos para la demanda
- Pronunciamiento oficioso sobre violación de derechos fundamentales
- Requisitos para la demanda
- Sentencia violatoria de norma sustancial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo de procedimeinto laboral.
Arts. 8687909192.
C.p.p.
Arts. 218220221224 y 226.
Codigo de procedimiento civil.
Arts. 366370 y 374.
Recurso de casacion.
Exequible.
Inhibitoria.
Estese a la sentencia c-215/94
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2158/48. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. En relación con el art. 374 del Código de Procedimiento Civil, ESTESE A LO RESUELTO en la sentencia C-215/94.
- SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para fallar en relación con el art. 224 del Código de Procedimiento Penal.
- TERCERO. Declarar EXEQUIBLES, en lo acusado, los artículos 86, 87, 90, 91 y 92 del Código de Procedimiento del Trabajo.
- CUARTO. Declarar EXEQUIBLES, en lo acusado, los artículos 218, 220 y 221 del Código de Procedimiento Penal.
- QUINTO. Declarar EXEQUIBLE, en lo acusado, el artículo 366 del Código de Procedimiento Civil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.