C-206 de 2016
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Ramon Guerra Duran Y Otro·Demandado Ley 1564 De 2012, Articulo 338 (Parcial)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Concepto de violación
- Aplicación del principio pro actione
- Fallo inhibitorio al realizar análisis detallado de requisitos de procedibilidad
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Oportunidad procesal para definir la aptitud de la demanda
- Cuantía del interés para recurrir cuando pretensiones sean esencialmente económicas
- Inhibición por ineptitud sustancial de la demanda al no cumplir requisitos
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 338 (parcial) de la Ley 1564 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones, corregido por el artículo 6 del Decreto 1735 de 2012.
Los demandantes consideran que la norma acusada, al fijar la cuantía mínima requerida para acceder al recurso extraordinario de casación en mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, vulnera el Preámbulo y los artículos 2, 29 y 229 de la Carta Política.
Al constatar que la demanda carece de certeza, especificidad y suficiencia, la Sala Plena de la Corporación decide INHIBIRSE para emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1564/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo respecto de la constitucionalidad de la expresión "un mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (1000 smlmv)" contenida en el artículo 338 (parcial) de la Ley 1564 de 2012 "Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones", corregido por el artículo 6 del Decreto 1736 de 2012 "Por el que se corrigen unos yerros en la Ley 1564 del 12 de julio de 2012, "por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones" , por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.