C-220 de 2019
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Maria Lucia Torres Villareal Y Otras·Demandado Ley 1861 De 2017
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
- Concepto de violación
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso primero (parcial) del artículo 11 de la Ley 1861 de 2017, por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento control de reservas y la movilización.
Los demandantes pretenden que la Corte Constitucional declare la exequibilidad condicionada de la norma cuestionada, bajo el entendido de que el término “varón” también cobija a los hombres transgénero.
Consideran importante que este grupo de personas cuenten con un procedimiento que les permita definir su situación militar y obtener la respectiva libreta militar, como documento característico de su masculinidad, en condiciones que respeten y garanticen su dignidad humana, su libre desarrollo de la personalidad, la igualdad y sus demás derechos fundamentales.
La Corte concluyó que el actor incumplió con el requisito de certeza y, por ello, decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo por la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1861/17. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- DECLARARSE INHIBIDA para pronunciarse por ineptitud sustancial de la demanda, sobre la constitucionalidad de la expresion "varon" contenida en el articulo 11 de la Ley 1861 de 2017.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.