C-207 de 2016
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Emilio Rafael Molina Barboza Y Otro·Demandado Ley 42 De 1993, Articulo 6
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Concepto de violación
- Aplicación del principio pro actione
- Fallo inhibitorio al realizar análisis detallado de requisitos de procedibilidad
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Oportunidad procesal para definir la aptitud de la demanda
- Inhibición por ineptitud sustancial de la demanda por falta de requisitos
- Requisitos
- Primacía de disposiciones en materia de control fiscal dictadas por Contralor General de la República sobre las que puedan dictar otras autoridades
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6º de la Ley 42 de 1993, sobre la organización del sistema de Control Fiscal Financiero y los Organismos que lo ejercen.
Los demandantes consideran que la norma acusada, al disponer la primacía o superioridad de las disposiciones de dicha ley, así como de aquellas dictadas por el Contralor General de la República, en uso de las facultades conferidas por el artículo 268-12 de la Constitución, por encima de todas las demás disposiciones que pueden dictar otras autoridades en materia de control fiscal, supone una ruptura de los principios constitucionales de participación democrática y de soberanía popular, además del desbordamiento de las facultades otorgadas constitucionalmente al Contralor General de la República.
Por no cumplirse los requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia de los cargos planteados, la Sala Plena de la Corporación decidió declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustancial de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 42/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo respecto de la constitucionalidad del artículo 6 de la Ley 42 de 1993, por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.