C-203 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Ricardo Madriñan Valderrama
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prohibición pena de muerte de menores de edad
- Reglas de juzgamiento de menores
- Procesamiento jurídico penal de los menores de edad
- Reintegración social y recuperación de las víctimas
- Edad mínima para el reclutamiento en las fuerzas armadas
- Privación de la libertad de menor
- Reglas de juzgamiento de menores
- Instrumentos internacionales de protección
- Protección en el ordenamiento interno
- Prohibiciones
- Aplicación en condiciones distintas de condenados y no condenados
- No puede ser tratado como delincuente, ni puede ser destinatario de indulto
- Protección en instrumentos internacionales
- Protección en el ordenamiento interno
- Sometimiento a proceso judicial es contrario a la Constitución e instrumentos internacionales sobre los derechos de los niños
- Ambitos en los que son sujetos de especial protección
- Carácter superior y prevaleciente de sus derechos e intereses
- Determinación en casos concretos
- Exposición de motivos de la ley aprobatoria
- Edad mínima para el reclutamiento en las fuerzas armadas
- Impugnación contra medida privativa de la libertad
- Particularidades
- Pautas constitucionales e internacionales mínimas
- Nombramiento de apoderado o defensor
- Incorporación al bloque de constitucionalidad
- Naturaleza residual de las medidas restrictivas o privativas de la libertad
- Principios de diferenciación y especificidad en el tratamiento jurídico penal de menores de edad
- Judicialización de menores como última alternativa
- Objeto
- Derecho comparado
- No exclusión por su condición de sujeto pasivo del delito de reclutamiento forzoso
- Cumplimiento de garantías mínimas constitucionales e internacionales
- Factores para su evaluación
- Aceptación por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos
- Admisibilidad
- Derecho comparado
- Omisión constitucional
- Tratamiento jurídico procesal adecuado
- Características y razones subyacentes
- Situación de los menores de edad
- Proscripción del reclutamiento forzoso de menores
- Importancia de sus interpretaciones
- Distinción
- Exclusión de menores de 18 años
- Edad mínima a partir de la cual los menores pueden ser considerados penalmente responsables
- Aplicación en el Derecho Comparado
- Alcance de su prevalencia
- Edad mínima para el reclutamiento en las fuerzas o grupos armados
- Proscripción del reclutamiento de menores
- Certificación sobre pertenencia a grupos al margen de la ley
- Significado, alcance y conductas amparadas
- Concepto
- Sometimiento a las medidas de carácter tutelar y resocializador
- Protección como miembros de la población
- Protección reforzada en el Derecho Internacional Humanitario
- Procesamiento judicial por delitos cometidos en el curso del conflicto armado
- Respuesta jurídico-institucional hacia una finalidad resocializadora, rehabilitadora, educativa y protectora
- Situaciones distintas
- Reglas para el juzgamiento de menores de edad
- Protección integral y promoción del interés superior del menor
- Institucionalización no constituye, per se, un atentado contra los derechos de los menores
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 782 de 2002 art. 19 paragrafo 2.
"por medio de la cual se prorroga la vigencia de la ley 418 de 1997 prorrogada y modificada por la ley 548 de 1999 y se modifican algunas de sus disposiciones.
Concesión del beneficio de indulto.
Tramite cuando se trate de menores vinculados a los grupos armados organizados al margen de la ley.
Los menores de edad que se desvinculan del conflicto armado pueden ser tratados jurídicamente en su calidad de victimas de la violencia política como infractores de la ley y ser sometidos a un proceso judicial ante juez competente?.
Los principios de proteccion especial de la niñez y de promocion del interes superior y prevalencia del menor en tanto sujeto de proteccion constitucional reforzada.
La responsabilidad penal de los menores de edad tiene rasgos distintivos y esta sujeta a garantias inspiradas en el interes superior del menor y en la necesidad de rehabilitarlo.
Menores de edad que participan en el conflicto armado.
La desmovilizacion resocializadora y protectiva como respuesta constitucional a los niños combatientes y la necesidad de que su tratamiento juridico-penal persiga finalidades tutelares y rehabilitadoras.
Admisibilidad constitucional del juzgamiento de menores desmovilizados siempre y cuando se cumplan los requisitos y garantias minimos establecidos por la constitucion y el derecho internacional aplicable.
Garantias constitucionales minimas que han de respetar los procesos de juzgamiento de los menores desmovilizados de grupos armados al margen de la ley.
Exequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 418/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el paragrafo 2 del articulo 19 de la Ley 782 de 2002, "por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 548 de 1999 y se modifican algunas de sus disposiciones".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.