Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de agosto de 2020Sala Plena

C-331 de 2020

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 817/20

Tema · dato duro
Condiciones Especiales Para La Emision De Valores De Segundo Mercado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Auxilio O Donacion Y Subsidio O Subvencion
  • Conceptos con idéntico significado, pero con particularidades desde el punto de vista jurídico que los diferencia
Intervencion Del Estado En La Economia
  • Justificación constitucional
Segundo Mercado
  • Concepto y alcance
  • Inspección, vigilancia y control
Sociedad Por Acciones Simplificada
  • Actividad bursátil
  • Flexibilización de requisitos para ingreso a segundo mercado
  • Fomento de creación de empresa a través de instrumentos más ágiles y flexibles
  • Características
Libertad De Empresa Y Libre Competencia
  • Intervención estatal en la economía
Actividad Financiera, Bursatil Y Aseguradora
  • Desarrollo en concreto mediante normas generales de entes administrativos o por actividades de control, inspección y vigilancia
Derecho A La Libertad De Empresa
  • Principio rector de la economía
15 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 817 de 2020, por el cual se establecen las condiciones especiales para la emisión de valores en el segundo mercado por parte de empresas afectadas en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.

La norma objeto de estudio tiene como propósito permitir el ingreso de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) en el mercado de valores.

La Corte determinó que dicha disposición cumple los requisitos formales y materiales de validez definidos por la Constitución, la Ley Estatutaria 137 de 1994 y la jurisprudencia constitucional y, en tal sentido, declaró su EXEQUIBILIDAD.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 817/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaDecreto 817/20EXEQUIBLE
Sobre toda la normaDecreto 637/20EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (21 puntos)
  1. Declarar EXEQUIBLE el Decreto Legislativo 817 de 2020 "[p]or el cual se establecen las condiciones especiales para la emisión de valores en el
  2. segundo. mercado por parte de empresas afectadas en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020".
  3. ALBERTO ROJAS RÍOS
  4. Presidente
  5. RICHARD S. RAMÍREZ GRISALES
  6. Magistrado (E)
  7. DIANA FAJARDO RIVERA
  8. Magistrada
  9. LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
  10. Magistrado
  11. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  12. Magistrado
  13. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  14. Magistrado
  15. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  16. Magistrada
  17. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  18. Magistrada
  19. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  20. Magistrado
  21. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.