Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de diciembre de 2018Sala Plena

C-139 de 2018

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Hilene Anyelith Bahamon Florez·Demandado Codigo Sustantivo Del Trabajo

Tema · dato duro
Trabajos Prohibidos. Emplear A Mujeres En Trabajo De Pintura Industrial Que Entrañen La Utilizacion De La Cerusa, De Sulfato De Plomo O De Cualquier Otro Producto Que Contenga Dichos Pigmentos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Competencia de la Corte Constitucional
Plomo
  • Efectos en el medio ambiente
  • Efectos en la salud humana
Convenio 013 De La Oit Relativo Al Empleo De La Cerusa En La Pintura
  • Hace parte del bloque de constitucionalidad en sentido lato
Igualdad Como Derecho Fundamental
  • Jurisprudencia constitucional
Igualdad Como Principio
  • Contenido y alcance
Juicio De Igualdad
  • Sexo como criterio sospechoso o discriminatorio
Test De Razonabilidad
  • Finalidad
  • Subprincipios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad estricta
22 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 2º (parcial) del artículo 242 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 9º del Decreto 13 de 1967, que hace referencia a los trabajos prohibidos.

La demandante considera que la expresión “y a las mujeres”, vulnera los artículos 13, 25, 26, 43 y 53 de la Constitución Política.

La Corte concluyó que, la prohibición cuestionada constituye una medida acorde con la Constitución en cuanto a su finalidad, necesidad y proporcionalidad.

Además de declarar la EXEQUIBILIDAD de la frase demandada, la Sala exhortó al Gobierno Nacional y al Congreso de la República para que adopten una política de salubridad pública ocupacional sobre riesgos laborales, mediante la cual se regule la prevención y protección de la salud de los trabajadores en las labores con pintura industrial que hagan uso del plomo o de productos que contengan esos pigmentos, en cumplimiento del Convenio 013 de 1921 de la OIT, ratificado el 20 de junio de 1933.

Se indica que, estas medidas deben incluir igualmente otro tipo de trabajos que impliquen exposición al plomo.

Así mismo, exhortó al Gobierno y al Congreso de la República para que den cumplimiento a lo previsto en el artículo 1º del mencionado Convenio.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 242Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 242Decreto 13/67EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "y a las mujeres", contenida en el numeral 2o del articulo 242 del Codigo Sustantivo del Trabajo, reformado por el articulo 9o del Decreto 013 de 1967, por los cargos analizados.
  2. SEGUNDO. EXHORTAR al Gobierno Nacional -Ministerios de Trabajo, Salud y Proteccion Social y, de Ambiente y Desarrollo Sostenible-, asi como al Congreso de la Republica, con el fin de que adopten una politica de salubridad publica ocupacional sobre riesgos laborales, mediante la cual se regule la prevencion y proteccion de la salud de los trabajadores en las labores con pintura industrial que hagan uso del plomo o de productos que contengan estos pigmentos, en cumplimiento del Convenio 013 de 1921, ratificado el 20 de junio de 1933. Estas medidas deberan incluir igualmente otro tipo de trabajos que impliquen exposicion al plomo. De igual manera, se EXHORTA al Gobierno y al Congreso de la Republica para que den cumplimiento a lo previsto en el articulo 1o del mencionado Convenio.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
AclaraciónGloria Stella Ortiz DelgadoSalvamentoDiana Constanza Fajardo RiveraAclaraciónJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por20
T-236/24Derecho A La Salud Mental Y Garantía De La Educación Superior-Principio De Autonomía Universitaria (Necesidad De Ajustes Razonables En El Proceso Educativo) Ingreso De Perros De Apoyo Emocional A Los Salones (Interacción Social Multi-Especie Y Protección Constitucional De Los Animales).T-202/24Derecho A La Igualdad De Oportunidades Y Acceso Al Empleo (Etapa Precontractual O Proceso De Selección)-Prohibición De Discriminación Por Razones De Género En El Trabajo (Mujeres Gestantes Y Lactantes). Perjuicios Morales En La Acción De Tutela.T-076/24Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Situación De Debilidad Manifiesta (Despido Injustificado En Trámite De Calificación De La Pérdida De Capacidad Laboral Por Deterioro De Salud Mental)-Reiteración Jurisprudencial.C-288/24Pactos Colectivos No Pueden Menoscabar Derechos De Negociación Colectiva Y De Asociación Sindical. La Coexistencia De Pactos Y Convenciones Colectivas No Vulnera Los Mencionados Derechos.T-288/23Derecho A La Igualdad Y Vivienda Digna En Su Faceta De Habitabilidad-Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado. Discriminación De Adulto Mayor Que Reunía Requisitos Para Ser Beneficiario Del Proyecto De Ampliación Y Cobertura De Red De Gas Natural.T-237/23Derecho A La Salud, Igualdad Y No Discriminación De Personas En Situación De Discapacidad En El Contexto De La Pandemia Covid-19-Carencia Actual De Objeto Por Hecho Sobreviniente, Medidas Sanitarias Que Implicaron La Vulneración De Las Garantías Superiores Perdieron Vigencia.
Ver las 20

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.