C-1147 de 2003
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Mauricio Plazas Vega
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Excepción a la prohibición de retirarse del recinto cuando se va a proceder a la votación
- Criterios para determinar si se configura una elusión legislativa de debates o votaciones
- Funciones
- Integración
- Discrepancias
- Finalidad
- Imposibilidad de sustituir y reemplazar los debates
- Límite material de su actuación surge de la propia Constitución Política
- Ambito de competencia funcional
- No está llamada a sustituir la función de las comisiones constitucionales permanentes
- Competencia funcional no está determinada únicamente por la existencia de discrepancia
- Competencia limitada
- Finalidad
- Función
- Integración
- Hace efectivo el principio democrático
- Importancia
- Elusión
- Simultaneidad
- Importancia para la validez del trámite legislativo
- Comisiones de conciliación y plenarias de las Cámaras carecían de competencia para impartir su aprobación
- Exención tributaria
- Imposición no guardaba relación con el tema de la ley
- Inconstitucionalidad no proviene únicamente de la omisión en que incurrió la Comisión Cuarta
- Plenaria no tenía competencia para reintroducir este artículo
- Vicio de inconstitucionalidad insubsanable
- Está encaminada a proteger principios y valores constitucionales de suma importancia
- Creación del Iva no se votó en forma integral por las comisiones conjuntas permanentes
- Impuesto sobre las ventas no fue votado en la comisión cuarta del Senado por lo que desconoció el principio de consecutividad
- Excepciones constitucionales y legales
- Preponderancia
- Vulneración
- Alcance
- Finalidad
- Imposibilidad de dar prevalencia a las comisiones sobre las plenarias
- No se define por artículos sino por temas
- Fin
- Modificaciones y cambios al proyecto de ley siempre que se hayan tratado en primer debate
- Relativización
- Alcance
- Aplicación no conduce a reconocerle al principio de unidad de materia un carácter rígido e inflexible
- Relativización no puede entenderse en sentido absoluto o limitado
- Instituidos para proteger un valor determinado
- No toda vulneración de una regla acarrea la declaratoria de inconstitucionalidad de una norma
- Alcance
- Instrumento de racionalización y tecnificación del proceso legislativo
- Flexibilización
- Interpretación amplia
- No vulneración por diversidad de núcleos temáticos
- Relación con los principios de identidad y consecutividad
- Debates
- Discrepancias en cámaras
- Excepción a los cuatro debates
- Requisitos
- Adiciones y modificaciones durante segundo debate
- Legitimación de modificaciones en segundo debate
- Posibilidad de incluir en segundo debate modificaciones, adiciones y supresiones
- Requisitos para su aprobación
- Trámite de urgencia
- Trámite legislativo
- Sesiones conjuntas
- No toda omisión genera elusión
- Presencia de vicios no necesariamente genera la inconstitucionalidad de las normas aprobadas
- Propósito
- Exigencia de orden procedimental
- Caducidad
- Competencia de la Corte Constitucional
- Límite para asumir el conocimiento por vicios de forma
- Vicios de forma
- Conducta derivada de una interpretación razonada no puede acarrear la inconstitucionalidad de una norma
- Función esencial del Estado y del Congreso
- Principios
- Competencia en segundo debate es reglada
- Mecanismos de protección y su propia entidad no son autónomos
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 788/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- Declarar INEXEQUIBLE el articulo 115 de la Ley 788 de 2002.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.