Micelio
Sentencia de Constitucionalidad6 de marzo de 2013Sala Plena

C-107 de 2013

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Mauricio Fernando Rodriguez Tamayo·Demandado Ley 1551 De 2012 Numeral 12 Parcial Del Articulo 18 Y Numeral 9, Literal D, Del Articulo 29

Tema · dato duro
Normas Para Modernizar La Organizacion Y El Funcionamiento De Los Municipios. Control Político De Los Concejos Municipales A Las Empresas De Servicios Públicos Domiciliarios
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Integracion De Unidad Normativa
  • Jurisprudencia constitucional
Juicio De Estricta Legalidad
  • Concepto
  • Grados de intensidad
Municipios
  • Ejercicio de control político sobre la administración municipal
Normas Para Modernizar La Organizacion Y El Funcionamiento De Los Municipios
  • Facultad imprecisa y equívoca a los alcaldes para imponer multas convertibles en arresto a quienes les desobedezcan o falten al respeto
  • Control político de los concejos municipales a las empresas de servicios públicos domiciliarios
Concejo Municipal
  • Control político
Demanda Contra Normas Punitivas Por Supuesta Violacion Del Principio De Estricta Legalidad
  • Necesidad de evidenciar un problema de indeterminación o imprecisión, derivado de la ambigüedad, vaguedad o textura abierta del precepto
Incumplimiento A Una Orden De Alcalde
  • Incertidumbre para establecer si es efectivamente sancionable sin regulación expresa de procedimiento sumario
Norma Sobre Facultad Sancionatoria De Alcaldes
  • Indeterminación conduce a un problema institucional u orgánico de ordenamiento constitucional
Principio De Legalidad En El Derecho Sancionatorio
  • Finalidad inmediata de evitar sanciones arbitrarias
15 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 12 (parcial) del artículo 18 y el numeral 9, literal d), del artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.

Según el demandante, la norma acusada les otorga a los concejos municipales o distritales la competencia para ejercer el control, inspección y vigilancia sobre las empresas de servicios públicos domiciliarios, sean públicas o privadas, a pesar de que esta es una competencia exclusiva del Presidente de la República, quien la ejerce a través de la Superintendencia de Servicios Públicos.

La Corte concluyó que el control político por parte de los Concejos Municipales a las empresas de servicios públicos domiciliarios no viola la Constitución.

Así mismo, consideró que el legislador no puede facultar de manera imprecisa y equivoca a los alcaldes para imponer a quienes les desobedezcan o le falten al respeto, multas convertibles en arresto.

Se decide declarar EXEQUIBLE por el cargo analizado, el numeral 12 del artículo 18 acusado e INEQUIBLE, el numeral 9 contenido en el literal d) del artículo 29, por violar el principio de estricta legalidad en materia de sanciones.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1551/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 18Ley 1551/12EXEQUIBLE
Art. 29Ley 1551/12INEXEQUIBLE· parcial
Expresión declarada inexequible«numeral 9.»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el numeral 12 del articulo 18 de la Ley 1551 de 2012 "Por la cual se dictan normas para modernizar la organizacion y el funcionamiento de los municipios".
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLE numeral 9, contenido en el literal d) del articulo 29 de la Ley 1551 de 2012 "Por la cual se dictan normas para modernizar la organizacion y el funcionamiento de los municipios", por violar el principio de estricta legalidad en materia de sanciones.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.