C-146 de 2017
Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo
✓Demandante Mauricio Alberto Medina Garcia·Demandado Ley 1730 De 2014
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derecho político de todo ciudadano
- Falta de exposición adecuada del concepto de la violación
- Demanda inepta por carecer de razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Concepto de violación
- Aplicación del principio pro actione
- Cargas argumentativas que debe asumir el ciudadano
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
- Disposición de los vehículos inmovilizados
- No hace tránsito a cosa juzgada constitucional
- Términos de comparación
- Resulta indispensable mostrar por qué se trata de una indeterminación insuperable desde un punto de vista jurídico
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 1730 de 2014 que sustituyó el artículo 128 de la Ley 769 de 2002- Código Nacional de Tránsito Terrestre-.
El demandante considera que la norma acusada vulnera los artículos 1, 13, 29, 58 y 243 de la Constitución.
La falta de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia de los cargos formulados contra el procedimiento regulado para disponer de vehículos automotores inmovilizados, no le permitió a la Corte realizar un examen de fondo y proferir un fallo de mérito sobre su constitucionalidad.
En consecuencia, la Sala Plena se declara INHIBIDA para decidir, por la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para decidir sobre la Ley 1730 de 2014 demandada en el presente caso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.