C-047 de 2021
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Gustavo Gallon Giraldo Y Otros·Demandado Ley 1951 De 2019
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance de la competencia legislativa para establecer la estructura orgánica
- Competencia del legislador para crear, suprimir o fusionar y señalar los objetivos y estructura orgánica
- Contenido y alcance
- Condiciones para entender otorgado aval del Gobierno
- Eventos en que procede
- Mayor rigurosidad
- Inexistencia de conexidad directa
- Conexidad temática del Plan Nacional de Desarrollo
- Contenido y alcance
- Desconocimiento
- Aplicación
- Configuración
- Reglas jurisprudenciales
- Jurisprudencia constitucional
- Fijación por ejecutivo de estructura interna de cada entidad, plantas de personal y funciones de empleos
- Competencia exclusiva y privativa para radicar iniciativas legislativas
- Aval o coadyuvancia de los que se están tramitando
- Carácter multitemático y heterogéneo
- Importancia en el marco de la función de planeación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley 1951 de 2019, por medio de la cual se crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones.
Los demandantes consideran que la disposición acusada desconoce los artículos 154, inc. 2° y 150-7 de la Constitución.
Ello, dado que el proyecto de ley no fue presentado por iniciativa del Gobierno Nacional y la ley no reguló la estructura orgánica del nuevo Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Tras establecer la aptitud de los cargos de inconstitucionalidad, la Corte realizó la integración normativa de la ley demandada con los arts. 125 y 126 de la Ley 1955 de 2019, aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo, en cuanto regularon la fusión, denominación y objetivos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
La Corte declaró INEXEQUIBLE, con efectos diferidos, tanto la Ley 1951 del 24 de enero de 2019 y los artículos 125 y 126 de la Ley 1955 de 2019.
La anterior declaratoria se hace con efectos diferidos a dos legislaturas completas, contadas a partir del 20 de julio de 2021.
Esta medida se adopta al tener en cuenta la necesidad de no afectar la continuidad en el cumplimiento de las finalidades constitucionales del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, en los términos del artículo 70 de la Constitución, y los derechos de las personas vinculadas a la entidad y a los programas y proyectos que desarrolla en materia de ciencia, tecnología e innovación.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1955/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE con efectos diferidos a dos legislaturas completas, contadas a partir del 20 de julio de 2021, la Ley 1951 del 24 de enero de 2019, "por medio de la cual se crea el Ministerio de Ciencia, Tecnologia e Innovacion, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion y se dictan otras disposiciones", y los articulos 125 y 126 de la Ley 1955 de 2019, "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad"", por las razones expuestas en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.