C-121 de 2020
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Nancy Elena Coral Castañeda·Demandado Ley 1920 De 2018
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos para estructurar cargo
- No significa simplicidad temática
- Conexidad causal, teleológica, temática o sistemática
- Reiteración de jurisprudencia
- Contenido y alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Requisitos
- Principio de publicidad, consecutividad e identidad
- Criterios para la formulación de un cargo
- Confrontación entre norma acusada, argumentos y disposición constitucional vulnerada
- Requisitos de especificidad y suficiencia
- Funcionamiento
- Incentivos por vincular mujeres, personas mayores de 45 años o en condición de discapacidad
- Falta de argumentación en cargo
- Jurisprudencia constitucional
- Convalidación en el proceso de formación de la ley
- Término de caducidad
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 6 y 11 de la Ley 1920 de 2018, por la cual se dictan disposiciones relacionadas con las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad privada y se busca mejorar las condiciones en las que el personal operativo de vigilancia y seguridad privada presta el servicio de vigilancia y seguridad privada.
Ley del Vigilante.
La accionante afirmó que las normas demandadas vulneran los artículos 74, 151, 157, 158 y 160 de la Constitución Política y el 7 de la Ley 819 de 2003.
Lo anterior, tanto por vicios de forma como de fondo.
La Corte consideró que la introducción en la ley de incentivos por la vinculación al servicio de vigilancia y seguridad privada de mujeres, personas mayores o en condición de discapacidad y la formación técnica y tecnológica a cargo del SENA del personal de operativo en dichas actividades, resultan acordes con los principios de consecutividad e identidad flexible y de unidad de materia.
Con base en lo anterior la Sala Plena declaró la EXEQUIBILIDAD de los artículos cuestionados.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 819/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. LEVANTAR, respecto del presente asunto, la suspension de terminos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, el articulo 11 de la Ley 1920 de 2018.
- TERCERO. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, el articulo 6 de la Ley 1920 de 2018.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.