Micelio
Sentencia de Tutela2 de octubre de 2008

T-948 de 2008

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante X-503·Demandado Hospital Regional

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Proteccion Constitucional Especial De Personas Portadoras De Vih/Sida
  • Prohibición de discriminación por esta condición
  • En el contexto laboral se ha buscado que coexistan la enfermedad con los derechos al trabajo y a la dignidad
Derecho A La Igualdad De Persona Que Pide No Ser Discriminada Por Su Condicion De Portador Asintomatico De Vih
  • Caso en que se impide el desarrollo de las prácticas de estudiante de enfermería en una clínica
Derecho Fundamental A La Igualdad Y Juicio A La Igualdad
  • Caso en que debe aplicarse un criterio estricto de razonabilidad
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la intimidad, educación, trabajo, escoger profesión u ofcio y libre desarrollo de la personalidad ante la negativa del hospital de impedir el desarrollo de dos practicas profesionales para graduarse como auxiliar de enfermeria.

El gerente del hospital no permitió el ingreso del actor por ser portador no sintomático del vih y que no era posible que desarrollara sus practicas debido a que se pondría a permanente exposición médica y que él tiene el deber de no infectar y que ello representa un riesgo tanto para los pacientes como para él, como si con su sola presencia hubiese algún contagio.considera que la condición de portador sano, no imposibilita el desarrollo de ninguna actividad en el entorno social.

Derecho a la igualdad y el juicio de igualdad.

Protección especial de personas portadoras de vih/sida y la prohibición de discriminación por esta condición.

La corte despues de haber consultado varias asociaciones médicas considera que la medida tomada por el hospitalno resulta necesaria y si resulta desproporcionada y el auxiliar de enfermería no tiene la responsabilidad ni el acceso a ciertos procedimientos que son de la competencia propia de los profesionales en enfermería, además la entidad está en la obligación de proveer medidas generales de bioseguridad y garantizar todos los medios de protección para todo el personal.la mera condición de portador del vih no puede ser argumento para descomponer la profesión o la carrera de una persona.

Ese tipo de decisione sdeben analizarse en cada caso concreto.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada para decidir el presente asunto.
  2. SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido el treinta (30) de octubre de 2007, por el Juzgado
  3. Segundo. (2o) Laboral del Circuito de (...) que denego el amparo solicitado. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la igualdad, a la dignidad humana, a la educacion y a la libertad de eleccion de profesion u oficio del senor X-503, por las razones y en los terminos de esta Sentencia.
  4. TERCERO. ORDENAR al Gerente del Hospital (...), que implemente y ponga en marcha todas las medidas necesarias con el fin de que al estudiante X-503 (si persiste en su pretension), le sea permitido desarrollar las practicas profesionales restantes para acceder al titulo de auxiliar de enfermeria, en igualdad de condiciones que los demas estudiantes de su profesion.
  5. Para ello el Gerente del Hospital (...), por medio del area de salud ocupacional, del Comite de Bioseguridad o el area que haga las veces, segun el estado inmunologico del senor X-503, estableceran que tipo de medidas preventivas se desarrollaran en ejercicio de las practicas a las cuales el accionante estara obligado a cumplir debiendo abstenerse de tomar parte en actividades y/o procedimientos que conlleven riesgo de trasmision de la enfermedad a otros o que representen riesgo de doble via.
  6. CUARTO. EXALTAR la conducta del senor X-503 por manifestar voluntariamente su condicion de portador del VIH, lo cual permite que se tomen las medidas preventivas tanto para su proteccion como la de los pacientes que tengan contacto con el, a fin de no promover la propagacion del virus.
  7. QUINTO. ORDENAR al Gerente del Hospital (...), que informe a la Sala Novena de Revision de esta Corporacion sobre todas las medidas implementadas a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el numeral
  8. tercero. de la parte resolutiva de la presente providencia, para lo cual contara con un termino maximo de un (1) mes, a partir de la notificacion de esta sentencia. Lo anterior, sin perjuicio de los informes que debe dar al juez de instancia sobre el cumplimiento del fallo.
  9. SEXTO. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion que los nombres y los datos que permitan identificar al accionante sean suprimidos de toda publicacion del presente fallo. Igualmente, ORDENAR por intermedio de la Secretaria General de la Corte al Juzgado
  10. Segundo. (2o) Laboral del Circuito de (...), que se encargue de salvaguardar la intimidad del senor X-503, manteniendo la reserva sobre el expediente.
  11. SEPTIMO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.