Micelio
Sentencia de Tutela29 de junio de 2006

T-490 de 2006

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Carlos Ferney Angulo Vs. Sos Comfandi

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Tratamiento de depilación láser excluido del POS por tener fines estéticos
  • Tratamiento no fue ordenado por médico tratante y el demandante ya no está afiliado a EPS
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud en conexidad con la vida e integridad fisica de afiliado a quien los vellos de la barba se le incrustan en la piel viéndose precisado a terner que sacárselos con alfiler siéndole diagnosticado por medico de la universidad donde estudia pseudofoloculitis de la baraba y recomendada la depilacion por laser que la entidad se niega a autorizar por tratarse de un procedimiento no pos.

Solicita se ordene autorizar el tratamiento requerido.

Derecho a la salud como derecho fundamental en conexión con el derecho a la vida.

Trtaimtos excluidos del pos.

Requisitos para ordenarlos por tutela.

Frente a los hechos de no encontrarse afiliado el accionante a la eps demandada la depilacion no fue ordenada por medico tratante y estando el tratamiento catalogado como estetico la sala observa que no puede conceder la tutela.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR los fallos dictados por el Juzgado
  2. Tercero. Penal Municipal de Santiago de Cali, el 18 de octubre de 2005, y el Juzgado
  3. Quinto. Penal del Circuito de Santiago de Cali, el 30 de noviembre de 2005, por las razones aquí expuestas.
  4. SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.