Micelio
Sentencia de Tutela11 de septiembre de 1998

T-489 de 1998

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Hernan Ignacio Delgado Muñoz

Tema · dato duro
Der. A La Salud. Suspension Del Servicio De Salud. No Se Practico Cirugia De Rodilla Porque La E.P.S. No Cancelo Los Servicios A La Clinica. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vida Digna
  • Alcance respecto de la salud
Trabajador
  • Parte más débil e indefensa de relación laboral
Derecho A La Salud Del Docente
  • Práctica de cirugía no realizada por controversia contractual
Derecho A La Salud Del Trabajador
  • No interrupción por conflictos jurídicos de la entidad
Derecho A La Salud
  • Carácter prestacional
  • Fundamental por conexidad
Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Contratación para prestación servicio de salud
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la providencia dictada por la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior de Pasto, el 23 de abril de 1998, que confirmo la pronunciada por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de la misma ciudad, el 13 de marzo del mismo ano, en el sentido de negar la accion de tutela iniciada por Hernan Ignacio Delgado Munoz contra la sociedad San Andres y Maestros Asociados S.A.
  3. Segundo. TUTELAR el derecho a la salud del peticionario en conexion con su derecho a la vida, ordenando a la sociedad demandada que, en el termino de quince (15) dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, practique al demandante la cirugia artroscopica de la rodilla derecha, de acuerdo con la prescripcion hecha por el medico tratante.
  4. Tercero. PREVENIR a la sociedad San Andres y Maestros Asociados S.A., para que en adelante no permita la suspension de los servicios de salud a sus afiliados, como ocurrio en el presente caso, por circunstancias relacionadas con la ejecucion de su objeto social.
  5. Cuarto. LIBRESE por la Secretaria General de esta Corporacion, la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.