Micelio
Sentencia de Tutela3 de julio de 1998

T-330 de 1998

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Matilde Garcia De Medina

Tema · dato duro
Der. A La Seguridad Social. Cancelacion De Mesada Pensional Por Telecom. Tutela Transitoria. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

9 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia pronunciada por la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Laboral, el 5 de febrero de 1998, por medio de la cual se confirmó la dictada en primera instancia por el Tribunal Superior de Santafé de Bogotá D.C., Sala de Decisión Laboral, el 10 de diciembre de 1997, en el sentido de negar la acción de tutela iniciada en contra de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom), por Matilde García de Medina.
  2. Segundo. TUTELAR el derecho a la seguridad social de la demandante, ordenando a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom) que, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, cancele a Matilde García de Medina la mesada de la pensión restringida de jubilación correspondiente al mes de julio de 1998, reconocida en su favor por la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Cundinamarca y en el valor indicado en la sentencia del 10 de agosto de 1995.
  3. Tercero. ORDENAR que en el término de un (1) mes contado a partir de la notificación de la presente sentencia, Telecom cancele a la demandante el valor de las mesadas comprendidas entre el 1 de agosto de 1996 y el 30 de junio de 1998, calculando su monto de acuerdo con el salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de esta providencia.
  4. Cuarto. ORDENAR que las mesadas pensionales causadas en el futuro, sean canceladas a la demandante dentro de los diez (10) días siguientes al mes devengado y prevenir a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones para que, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en la omisión que dio lugar a la presente acción de tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.