Sentencia de Tutela3 de julio de 1998
T-330 de 1998
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Matilde Garcia De Medina
✓
Tema · dato duro
Der. A La Seguridad Social. Cancelacion De Mesada Pensional Por Telecom. Tutela Transitoria. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Seguridad Social
- Fundamental por conexidad
Medio De Defensa Judicial
- Alcance
Accion De Tutela Transitoria
- Procedencia
Acción De Tutela
- Mecanismo excepcional y subsidiario
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
Derecho A La Seguridad Social Del Niño
- Fundamental
Derecho A La Pension De Jubilacion
- Falta de cotización del empleador a pesar de realizar descuentos
Derechos Ciertos E Indiscutibles
- Protección
9 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia pronunciada por la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Laboral, el 5 de febrero de 1998, por medio de la cual se confirmó la dictada en primera instancia por el Tribunal Superior de Santafé de Bogotá D.C., Sala de Decisión Laboral, el 10 de diciembre de 1997, en el sentido de negar la acción de tutela iniciada en contra de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom), por Matilde García de Medina.
- Segundo. TUTELAR el derecho a la seguridad social de la demandante, ordenando a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom) que, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, cancele a Matilde García de Medina la mesada de la pensión restringida de jubilación correspondiente al mes de julio de 1998, reconocida en su favor por la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Cundinamarca y en el valor indicado en la sentencia del 10 de agosto de 1995.
- Tercero. ORDENAR que en el término de un (1) mes contado a partir de la notificación de la presente sentencia, Telecom cancele a la demandante el valor de las mesadas comprendidas entre el 1 de agosto de 1996 y el 30 de junio de 1998, calculando su monto de acuerdo con el salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de esta providencia.
- Cuarto. ORDENAR que las mesadas pensionales causadas en el futuro, sean canceladas a la demandante dentro de los diez (10) días siguientes al mes devengado y prevenir a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones para que, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en la omisión que dio lugar a la presente acción de tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-236/98Der. A La Vida Y A La Salud. No Practica De Cirugia Del Oido Por Cafesalud. Repeticion Contra Cafesalud. Enfermedad Congenita. Concedida.T-098/98Debido Proceso. Querella De Lanzamiento Por Ocupacion De Hecho. Incumplimiento De La Carga Procesal. No Se Instauro La Accion Ordinaria Dentro Del Termino. Concedida.T-008/98Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 026a/98.C-177/98Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al Trabajador Que Cotizo Cumplido. Exeq.T-639/97Der. A La Vida. Construccion De Edificio Que Causa Daños A Edificio Aledaño. Concedida.T-299/97Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Empresa En Concordato No Paga Oportunamente Pensiones. Concedida.
Ver las 14 →Citada por28
T-159/22Accion De Tutela Para Solicitar Que No Se Realicen Descuentos En Nomina.Improcedencia Por Incumplir Requisito De Subsidiariedad Y No Acreditar Perjuicio IrremediableT-294/13Tutela de 2013T-416/08Tutela de 2008T-085/08Tutela de 2008T-440/07Tutela de 2007T-1065/07Tutela de 2007
Ver las 28 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.