Micelio
Sentencia de Tutela2 de diciembre de 2013

T-877 de 2013

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Dioselina Carvajal Rodriguez·Demandado Nueva E.P.S.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado
  • Fallecimiento del actor durante el trámite de la acción de tutela
Derecho De Acceso Al Servicio De Salud Que Se Requiere Con Necesidad
  • Suministro de pañales para personas de la tercera edad
Usuarios Del Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Tienen derecho a acceder a los servicios de salud que requieran, estén o no incluidos en el Pos
Derecho A La Salud Del Adulto Mayor
  • Protección reforzada por ser sujeto de especial protección constitucional
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En su momento se interpuso la acción de tutela para reclamar la protección de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, a la dignidad humana y a la seguridad social, conculcados por la NUEVA E.P.S., al no autorizarle a la actora el servicio de atención médica domiciliaria, los medicamentos e insumos ordenados por el médico tratante, los pañales desechables y la atención médica integral que demandaban sus enfermedades.

En sede de revisión la Sala tuvo conocimiento frente al deceso de la demandante y por ello, tras abordar tópicos relacionados con la procedencia de la acción de tutela para amparar el derecho fundamental a la salud de los adultos mayores como sujetos de especial protección constitucional, el suministro de medicamentos, insumos y servicios excluidos del POS, la autorización de servicios e insumos reclamados sin órdenes médicas cuando se configura un hecho notorio, decidió declarar la carencia actual de objeto por DAÑO CONSUMADO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la decision del Juzgado Catorce Civil del Circuito de Cali, proferida el 10 de mayo de 2013, que nego la proteccion deprecada por la senora Dioselina Carvajal Rodriguez (Q.E.P.D.), y en su lugar, amparar sus derechos fundamentales a la vida, a la salud, a la vida digna y a la seguridad social.
  2. SEGUNDO. DECLARAR la carencia actual de objeto por dano consumado, ante el comprobado fallecimiento de la actora.
  3. TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.