T-848 de 2011
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Samuel Gutierrez Garcia·Demandado Alcaldia De Ibague Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia de tutela como mecanismo de protección cuando adquiere rango fundamental
- Elementos que configuran la habitabilidad
- Orden de reubicación temporal de vivienda por amenaza de derrumbe
- Municipios tienen competencia en la atención y prevención de desastres
- Contenido y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Vida, vivienda digna.
El accionante es una persona en situación de discapacidad y de escasos recursos económicos que vive en un inmueble ubicado en una zona de riesgo.
Como producto de la ola invernal que azotó al país en el año 2011, se presentó un deslizamiento en la parte baja de su casa y en la actualidad su vida corre peligro debido a que la vivienda quedó cerca a un talud que desestabiliza sus bases y la coloca en estado de posible derrumbamiento. .
Se solicita en la acción de tutela que se protejan los derechos fundamentales del actor y se ordene a la entidad territorial accionada que construya un muro o instale gaviones que garanticen la estabilidad de la vivienda.
La Sala analiza la siguiente temática: 1º.
Procedencia de la acción de tutela para proteger el derecho a la vivienda. 2º.
Contenido de este derecho. 3º.
Proceso de reubicación de hogares cuando sus viviendas no cumplen los requisitos de habitabilidad.
Al comprobarse que la vivienda del accionante se encuentra en peligro de deslizamiento, situación que pone en riesgo su vida y, al evidenciarse que no existen estudios que determinen el nivel de riesgo y habitabilidad del terreno a futuro, hecho que por sí solo se constituye en un incumplimiento de los deberes de la entidad accionada y que también tiene efecto directo sobre el derecho fundamental a la vida, se CONCEDE la tutela y se imparten una órdenes tendientes a hacer efectivo el amparo brindado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR PARCIALMENTE el fallo del Juzgado
- Primero. Penal Municipal para Adolescentes con Control de Garantías de Ibagué y, en su lugar, tutelar el derecho a la vida y vida digna del accionante.
- Segundo. ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Ibagué que en el término de 48 horas siguientes de la notificación de esta providencia, si aun no lo ha hecho, proceda a la reubicación temporal por un periodo de cuatro (4) meses del señor Samuel Gutiérrez García. Esta reubicación puede hacerse por alguno de los programas de reubicación temporal en los casos de atención de desastres con que cuente la Alcaldía.
- Tercero. ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Ibagué que dentro de los 15 días siguientes a la notificación de esta providencia proceda a realizar los estudios técnicos necesarios para determinar con certeza, las condiciones de habitabilidad de la vivienda.
- Cuarto. ORDENAR al Alcalde Distrital de Ibagué que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia proceda a informar de manera completa y detallada al accionante sobre la existencia así como los procedimientos necesarios para acceder a los programas de solución de vivienda ofrecidos en el Municipio por autoridades públicas o personas privadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.