Sentencia de Tutela28 de agosto de 2003
T-750 de 2003
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante German Preciado Rivera Vs. Penitenciaria Nacional De Acacias Meta
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Dignidad Y Libre Desarrollo De La Personalidad De Recluso. Imposicion Corte De Cabello "rapado". Cubrimiento Cicatriz En La Cabeza. Reglamento Disciplinario Interno. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derechos Del Interno
- Corte de cabello
Derecho Al Libre Desarrollo De La Personalidad Del Interno
- Corte de cabello
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Penal del Circuito de Acacias (Meta) y por la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, que negaron la tutela solicitada por el senor German Preciado Rivera y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad del mismo.
- Segundo. ORDENAR a las directivas de la Penitenciaria Nacional de Acacias (Meta), que en el futuro impartan las ordenes pertinentes al personal de peluqueria de la misma para que el corte de cabello del senor German Preciado Rivera no sea rapado o a raiz y tenga una longitud suficiente para cubrir la cicatriz que el mismo tiene en una parte de la cabeza.
- Tercero. Por Secretaria librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a13
T-023/03Derecho A La Igualdad E Informacion De Internos. Ingreso De Radio A Las Instalaciones. Elementos Permitidos. Modificacion Reglamento Interno. Potestad Reglamentaria. Legitimacion Por Activa En Beneficio Comun. Lllamado A Prevencion. Concedida.T-399/02Derechos A Tener Una Familia Igualdad Y Libre Desarrollo De La Personalidad De Recluso. Reglamentacion Visita De Menores A Pabellon Carcel De Alta Seguridad. La Picota. Negada.T-1308/01Derecho A La Dignidad Humana E Igualdad. Internos En Carcel Quienes Son Esposados Y Atados Con Cadenas De Manos Y Pies Para La Realizacion De Diligencias Solicitan Un Trato Digno. Derechos De Las Personas Privadas De La Libertad. Negada.T-265/99Der. A La Vida. Penas Crueles E Inhumanas. Ders. De Los Internos. Castigo En Celdas De Aislamiento. Concedida.SU.062/99Tutela Contra Particulares. Indefension. Der. Al Minimo Vital. Servicio Domestico. Pago De Salarios Y Prestaciones. Tutela Transitoria. Concedida.T-583/98Der. A La Salud. Ders. De Los Internos A La Vida Y A La Integridad Personal. Debida Atencion Medica. Concedida Parcialmente.
Ver las 13 →Citada por21
T-150/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Solicitud De Sometimiento Ante La Jurisdicción Especial Para La Paz (Jep)-Flexibilidad Del Término Para Interponer Recursos A Personas Privadas De La Libertad.T-470/22Derecho A La Igualdad Y Libre Desarrollo De La Personalidad En Establecimiento Carcelario Y/O Penitenciario-Niega Amparo, Exigencia De Cortarse El Cabello Y Afeitarse A Diario Se Fundamenta En La Relación De Sujeción Especial De Las Personas Privadas De La Libertad Con El EstadoT-311/19Derecho A La Comunicación De Las Personas Privadas De La Libertad. Marco Juridico De La Comunicación Telefónica.T-310/19Libertad Religiosa Y De Cultos En Los Centros Carcelarios. Caso En Que No Esta Probada La Existencia De Una Conviccion Religiosa Profunda, Fija Y Sincera,T-288/18Derecho De Personas Privadas De La Libertad Pertenecientes A La Comunidad Lgbti.T-002/18Derecho A La Visita Intima De Personas Privadas De La Libertad.
Ver las 21 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.