Micelio
Sentencia de Tutela11 de julio de 2019

T-310 de 2019

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Jesus Francisco Villan Torrado·Demandado Establecimiento Penitenciario De Puerto Triunfo

Tema · dato duro
Libertad Religiosa Y De Cultos En Los Centros Carcelarios. Caso En Que No Esta Probada La Existencia De Una Conviccion Religiosa Profunda, Fija Y Sincera,
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Libertad De Cultos
  • Protección tanto de manifestaciones privadas como las de su ejercicio público y divulgación
Libertad Religiosa Y De Cultos De Personas Privadas De La Libertad
  • Ámbito espiritual no puede ser restringido o limitado mientras que los actos de exteriorización si
  • Convicciones y creencias deben ser profundas, fijas y sinceras
Libertad Religiosa Y De Cultos En Los Centros Carcelarios
  • Caso en que no está probada la existencia de una convicción religiosa profunda, fija y sincera
Libertad Religiosa Y De Cultos
  • Alcance de la protección
Derechos Fundamentales De Personas Privadas De La Libertad
  • Clasificación en tres grupos: derechos suspendidos, derechos intocables y derechos restringidos o limitados
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante fue privado de la libertad a mediados del año 2015, como resultado de una condena por el delito de homicidio en grado de tentativa.

A comienzos del año 2018 solicitó a las autoridades carcelarias permiso para llevar el pelo largo y la barba como se lo exige la religión que profesa, esta es, el cristianismo trinitario nazareno y, en consecuencia, exceptuarlo de la regla de afeitarse a diario y cortarse el cabello con regularidad.

La institución requirió al actor para que entregara la documentación que diera a conocer su creencia religiosa, pero hasta la fecha de presentación de la acción de tutela no había allegado ninguno de los soportes solicitados.

Se reitera jurisprudencia relacionada con la libertad religiosa y de cultos y sobre el ejercicio de esta garantía de las personas privadas de la libertad.

Teniendo en cuenta que la Corte no observó que en el presente caso se diera el cumplimiento del presupuesto relativo a la existencia de elementos a partir de los cuales pueda considerarse que la creencia es profunda, fija y sincera, considera que no es necesario abordar el análisis relativo a la finalidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la medida prevista en el reglamento penitenciario y carcelario.

Se NIEGA el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 12 de marzo de 2018 por el Juzgado Penal del Circuito de El Santuario, a través de la cual se negó el amparo solicitado por el señor Jesús Francisco Villán Torrado en contra del Establecimiento Penitenciario de Puerto Triunfo (El Pesebre).
  2. Segundo. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlejandro Linares Cantillo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.