Micelio
Sentencia de Unificación27 de febrero de 2024Sala Plena

SU- de 2024

Ponente Mauricio Piñeros Perdomo

Demandante Jaramillo Sandoval Natalia Y Otros·Demandado Universidad Nacional De Colombia Y Otro

Tema · dato duro
Principio De Laicidad, De Confianza Legítima Y Autonomía Universitaria-Libertad Religiosa, De Conciencia Y De Cultos. Derecho A La Igualdad En Los Centros Oficiales De Educación Superior
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomía Universitaria
  • Dimensión académica, financiera y política
  • Límites en la Constitución y la ley
  • Reiteración de jurisprudencia
Libertad De Conciencia
  • Evolución del concepto en la jurisprudencia de la Corte Constitucional
Libertad De Cultos
  • Límites
  • Concepto
Libertad De Religion
  • Límites
  • Contenido
Derecho A La Igualdad
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Prohibición de discriminación
  • Facetas
  • Alcance y contenido
  • Concepto relacional
Principio De Igualdad
  • Dimensiones
  • Mandatos que comprende
Concordato Con La Santa Sede
  • Alcance
  • Armonización con la Constitución Política
Principio De Laicidad Del Estado
  • Neutralidad frente a las distintas religiones y prohibición de favorecimiento
  • Separación entre iglesia y Estado
Principio De Laicidad
  • Sentido y alcance
Derecho A La Confianza Legitima
  • Jurisprudencia constitucional
Principio De Autonomia Universitaria
  • Concepto, alcance y contenido
16 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La acción de tutela fue interpuesta por un grupo de estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, quienes consideraron que la institución vulneró sus libertades de religión, de conciencia y de expresión; así como su derecho a la igualdad y la defensa de los principios de laicidad y de confianza legítima.

Ello, porque en el marco del Programa de Gestión de Proyectos que hace parte del Bienestar Universitario, negó el aval del proyecto denominado “Comunidad Universitaria Reformada”, con el argumento de que su financiación y difusión contrariaba el principio de laicidad.

La referida propuesta consistía en una iniciativa estudiantil con contenido religioso en el que, con el apoyo de una iglesia y de otra organización con una expresa vocación evangelizadora, se realizaban actividades de enseñanza y promoción de la fe cristiana según la tradición reformada, para que otros estudiantes pudieran decidir si se adherían libremente a dicha religión.

Se abordó el estudio de los siguientes temas: 1º.

La libertad de conciencia, de religión y de cultos y el principio de laicidad. 2º.

La autonomía universitaria y, 3º.

El principio de confianza legítima y el derecho a la igualdad.

La Corte consideró que la entidad demandada actuó dentro de los límites de su autonomía universitaria y respetó el principio de laicidad.

Estimó, igualmente, que su decisión constituyó una restricción legítima a las libertades de cultos y de expresión de los demandantes y no implicó un acto de discriminación en su contra.

Se confirmaron los fallos de instancia que DENEGARON el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE:
  2. Único. CONFIRMAR el fallo de tutela del 22 de septiembre de 2022, proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el fallo del 22 de agosto de 2022 pronunciado por el Juzgado 26 Penal con Funciones de Conocimiento del Circuito de Bogotá que negaron el amparo solicitado, por las razones expuestas en esta providencia
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
SalvamentoCristina Pardo SchlesingerSalvamentoJorge Enrique Ibáñez NajarSalvamentoPaola Andrea Meneses Mosquera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.