SU- de 2024
Ponente Mauricio Piñeros Perdomo
✓Demandante Jaramillo Sandoval Natalia Y Otros·Demandado Universidad Nacional De Colombia Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Dimensión académica, financiera y política
- Límites en la Constitución y la ley
- Reiteración de jurisprudencia
- Evolución del concepto en la jurisprudencia de la Corte Constitucional
- Límites
- Concepto
- Límites
- Contenido
- Jurisprudencia constitucional
- Reiteración de jurisprudencia
- Prohibición de discriminación
- Facetas
- Alcance y contenido
- Concepto relacional
- Dimensiones
- Mandatos que comprende
- Alcance
- Armonización con la Constitución Política
- Reiteración de jurisprudencia
- Neutralidad frente a las distintas religiones y prohibición de favorecimiento
- Separación entre iglesia y Estado
- Sentido y alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
- Alcance
- Concepto, alcance y contenido
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La acción de tutela fue interpuesta por un grupo de estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, quienes consideraron que la institución vulneró sus libertades de religión, de conciencia y de expresión; así como su derecho a la igualdad y la defensa de los principios de laicidad y de confianza legítima.
Ello, porque en el marco del Programa de Gestión de Proyectos que hace parte del Bienestar Universitario, negó el aval del proyecto denominado “Comunidad Universitaria Reformada”, con el argumento de que su financiación y difusión contrariaba el principio de laicidad.
La referida propuesta consistía en una iniciativa estudiantil con contenido religioso en el que, con el apoyo de una iglesia y de otra organización con una expresa vocación evangelizadora, se realizaban actividades de enseñanza y promoción de la fe cristiana según la tradición reformada, para que otros estudiantes pudieran decidir si se adherían libremente a dicha religión.
Se abordó el estudio de los siguientes temas: 1º.
La libertad de conciencia, de religión y de cultos y el principio de laicidad. 2º.
La autonomía universitaria y, 3º.
El principio de confianza legítima y el derecho a la igualdad.
La Corte consideró que la entidad demandada actuó dentro de los límites de su autonomía universitaria y respetó el principio de laicidad.
Estimó, igualmente, que su decisión constituyó una restricción legítima a las libertades de cultos y de expresión de los demandantes y no implicó un acto de discriminación en su contra.
Se confirmaron los fallos de instancia que DENEGARON el amparo invocado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE:
- Único. CONFIRMAR el fallo de tutela del 22 de septiembre de 2022, proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el fallo del 22 de agosto de 2022 pronunciado por el Juzgado 26 Penal con Funciones de Conocimiento del Circuito de Bogotá que negaron el amparo solicitado, por las razones expuestas en esta providencia
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.