Micelio
Sentencia de Tutela23 de enero de 2003

T-023 de 2003

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Agustin Tomillo Garcia Vs. Penitenciaria De Acacias Meta

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad E Informacion De Internos. Ingreso De Radio A Las Instalaciones. Elementos Permitidos. Modificacion Reglamento Interno. Potestad Reglamentaria. Legitimacion Por Activa En Beneficio Comun. Lllamado A Prevencion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Igualdad
  • Justificación de trato diferente
Acción De Tutela
  • Razonabilidad en presentación y derechos fundamentales de terceros afectados
Derechos Del Interno
  • Relación especial de sujeción con el Estado
  • Relación de especial sujeción entre el Estado y las personas privadas de la libertad
Derechos Fundamentales Del Interno
  • Límites razonables y proporcionales
Derecho A La Informacion Del Interno
  • Restricciones deben constar en acto administrativo motivado
Establecimiento Carcelario
  • Tenencia de radio y ventilador por interno
Interes Colectivo
  • Personas identificables
Potestad Reglamentaria De Director De Establecimiento Carcelario
  • Prohibición justificada de radio y ventilador
12 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR los términos suspendidos dentro del trámite de la presente acción de tutela.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida el 24 de abril de 2002 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio Sala de Decisión Penal, por las consideraciones aquí expuestas.
  3. Tercero. En su lugar CONCEDER PARCIALMENTE el amparo solicitado por el señor Agustín Tomillo García para proteger los derechos fundamentales a la igualdad y a la información para cada uno de los internos de la Penitenciaria Nacional de Acacías - Meta. En consecuencia, ORDENAR al Director de la Penitenciaria Nacional de Acacías, que dentro del perentorio término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de la presente sentencia, modifique el reglamento interno del establecimiento penitenciario que dirige, ajustándolo a la Constitución, a la ley y al reglamento general expedido por el INPEC, en el sentido de permitirle a los internos, el ingreso de un radio pequeño.
  4. Cuarto. PREVENIR al Director de la Penitenciaria Nacional de Acacías -Meta, para que adopte las medidas e imparta las instrucciones necesarias con el fin de que en ningún caso, en ese centro penitenciario se vuelva a incurrir en conductas como la censurada en esta sentencia.
  5. Quinto. Por Secretaría General líbrese las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.