C-394 de 1995
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Guillermo Velez Calle
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Expedición de reglamento general
- Ejecución de sentencias
- Incompetencia para reglamentar penas accesorias
- Obligatoriedad
- Naturaleza
- Norma irrazonable
- Extensión de la afiliación
- Facultad para reglamentar acceso de colaboradores externos
- Protección
- Límites
- Casa cárcel
- Casa cárcel
- Aislamiento en celda
- Devolución de objetos en caso de fuga o muerte
- Aplicación
- Finalidad resocializadora
- Violación
- Improcedencia
- Limitaciones
- Clasificación
- Control sobre el vecindario
- Material pornográfico
- Prohibiciones
- Concepto
- Prohibición
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 65/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-549 de 1o. de diciembre de 1994, con respecto al inciso 2o. del artículo 98 de la Ley 65 de 1993 y en la Sentencia C-318/95 con respecto al artículo 168 de la Ley sub examine, pero únicamente en lo allí considerado, es decir, en lo referente a que el estado de emergencia no afecta el derecho a la igualdad de los internos. En los aspectos nuevos considerados por el actor en esta demanda, se declara EXEQUIBLE el artículo 168 de la Ley 65 de 1993 por los motivos expresados en esta Sentencia, la cual cobija también al personal de guardias y vigilantes.
- SEGUNDO. DECLARAR EXEQUIBLES las siguientes disposiciones de la Ley 65 de 1993 "por la cual se expide el Código Penitenciario y Carcelario": El inciso
- segundo. del artículo 3o.; el artículo 14, salvo la expresión "y la reglamentación", que se declara INEXEQUIBLE; el inciso
- segundo. del artículo 16; los parágrafos 2 y 3 del artículo 21; los incisos
- segundo. y
- tercero. del artículo 22; los incisos
- segundo. y
- tercero. del artículo 23; el inciso
- primero. del artículo 24; el artículo 29; el Parágrafo del artículo 30; el inciso final del artículo 33; el inciso final del artículo 36; la frase final del artículo 37; los literales c), d) y g) del artículo 44; los literales a) y b) del artículo 45; los incisos
- primero. y
- tercero. del artículo 52; el artículo 53; el primer inciso del artículo 57; los incisos
- segundo. y
- tercero. del artículo 60, salvo la expresión "y si éstos no los reclamasen en el término de tres meses, se incorporarán al patrimonio del respectivo centro de reclusión", que se declara INEXEQUIBLE; el inciso final del artículo 64; el artículo 65; el inciso final del artículo 69; los artículos 72, 73, 77, 79 y 84; los incisos primero, segundo,
- tercero. y
- quinto. del artículo 86; los artículos 87, 89, 90, 91, 98 inciso
- segundo. (estése a lo resuelto en la Sentencia C-549 de 1994), los artículos 99, 101 y 109, excepto la expresión "o se procederá de acuerdo con el artículo 60 de la presente ley" que se declara INEXEQUIBLE; los incisos segundo,
- tercero. y
- quinto. del artículo 111; los artículos 112, 113, 114, 115, 116, 117, y 119; el numeral 11 de la primera parte del artículo 121 (faltas leves); los numerales 14, 26 y 27 de la segunda parte del artículo 121 (faltas graves); el literal 3 de la segunda parte del artículo 123; el artículo 125; el Parágrafo del artículo 139; el numeral 5 del artículo 147; el
- segundo. inciso del artículo 150; el inciso
- primero. del artículo 153
- Notifíquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.