C-035 de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Estrada Velez Sergio Iván Y Otro·Demandado Ley 65 De 2023
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Criterio de comparación, patrón de igualdad o tertium comparationis
- Etapas de su análisis y modalidades del test de igualdad según el grado de intensidad
- Análisis de vigencia y continuación de producción de efectos
- Alcance
- Mandatos que comprende
- Importancia
- Finalidad
- Requisito diferenciado para acceder al beneficio administrativo no vulnera el principio de igualdad
- Improcedencia
- Resocialización como garantía de la dignidad humana
- Concepto
- Inexistencia por cargos distintos
- Aplicación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del numeral 5° del artículo 147 de la Ley 65 de 1993, por la cual se expide el Código Penitenciario y Carcelario.
Los actores consideran que la disposición acusada es incompatible con lo previsto en el artículo 13 de la Constitución Política, en tanto establece un trato diferenciado que desconoce el principio de igualdad en el ámbito del tratamiento penitenciario, como consecuencia de establecer un tiempo de cumplimiento de la pena mayor para acceder a un beneficio administrativo cuyo principal objetivo es posibilitar la resocialización del condenado.
Por no desconocer el principio de igualdad alegado, la Sala Plena de la Corporación decidió declarar EXEQUIBLE la disposición acusada.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 65/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- ÚNICO. Declarar la EXEQUIBILIDAD del numeral 5 del artículo 147 de la Ley 65 de 1993, modificado por el artículo 29 de la Ley 504 de 1999, por el cargo analizado en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.