Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de marzo de 2022Sala Plena

C-112 de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Celso Vicente Amaya Mantilla Y Otro·Demandado Decreto Ley 624 De 1989

Tema · dato duro
Solicitud Devolución Impuestos. Presentación De Garantía Por El Contribuyente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

13 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 860 (parcial) del Decreto Ley 624 de 1989, por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales.

Los demandantes consideran que la expresión “incluyendo el monto de las sanciones por improcedencia de la devolución” resulta incompatible con lo dispuesto en el artículo 6º de la Constitución, al permitir que, en el marco de un procedimiento de devolución de saldos, la compañía de seguros o la entidad que sirve de garante responda por el monto de la sanción que se le impone al contribuyente por la improcedencia de las sumas devueltas, a pesar de que ello no haya sido objeto de la garantía.

De manera inicial la Corte analizó si en el presente asunto había operado o no el fenómeno de la cosa juzgada constitucional, toda vez que, mediante la Sentencia C-877/11 la Corporación se pronunció sobre la constitucionalidad del artículo 860 del Estatuto Tributario, que es el mismo que en esta oportunidad se cuestiona.

Sobre el particular se encontró que la disposición cuestionada es diferente a la que se declaró inexequible con el referido fallo, la cual ya no se refiere al contenido de la caución, sino que trata sobre la responsabilidad solidaria del garante, quien debe responder por la obligación garantizada y, además, por el monto de la sanción impuesta al contribuyente por una devolución improcedente o injustificada.

Concluyó la Sala Plena que la responsabilidad solidaria del garante, prevista en la norma acusada, no atendía a la finalidad legítima de las sanciones administrativas de trasformar comportamientos humanos frente a los cuales se realiza un juicio de desvalor que pretenden ser evitados o corregidos a través de su tipificación y/o previsión e imposición de medidas coercitivas razonables y proporcionadas.

Es decir, que no se puede obligar a las compañías de seguro o a las entidades bancarias a responder por acciones que no les son imputables y que desbordan el riesgo asegurable. e declara INEXEQUIBLE la frase demandada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 860Decreto 624/89INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«“incluyendo el monto de las sanciones por improcedencia de la devolución”, contenido en el segundo inciso del artículo 860 del Decreto Ley 624 de 1989,»
Art. 860Ley 624/89INEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar INEXEQUIBLE en enunciado "incluyendo el monto de las sanciones por improcedencia de la devolución", contenido en el
  2. segundo. inciso del artículo 860 del Decreto Ley 624 de 1989, "Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales", tal y como fue modificado por el artículo 18 de la Ley 1430 de 2010.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoAntonio José Lizarazo OcampoSalvamentoJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.