C-094 de 2021
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Camilo Francisco Zarama Martinez·Demandado Ley 1762 De 2015
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Principio de legalidad y principio de tipicidad
- Responsable de la radicación de tornaguías
- Sujeto pasivo responsable
- Manifestación del ius puniendi del Estado
- Equidad, progresividad y eficiencia
- Deberes y obligaciones formales
- Responsables directos del pago del tributo o los contribuyentes
- Efectividad
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
- Intensidad leve
- Alcance
- Fundamento
- Naturaleza
- Elementos
- Sujeto pasivo
- Procedimientos para la imposición de sanciones
- Sanciones administrativas para combatir la evasión tributaria en materia de consumo
- Competencia para establecimiento de obligaciones tributarias
- No se vulnera cuando la falta o infracción está descrita de manera específica y precisa, o sea determinable
- Determinación
- No vulnera principios de equidad y justicia
- Naturaleza
- No se vulneró
- Procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley 1762 de 2015, por medio de la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal.
El actor aduce que las disposiciones cuestionadas vulneran los artículos 29, 95.9 y 363 de la Constitución Política, al trasgredir el principio de presunción de inocencia y la prohibición de la responsabilidad objetiva en materia sancionatoria, al igual que los principios de legalidad, tipicidad, equidad y justicia tributaria.
La Corte declaró la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de los artículos 21 y 22 demandados, en el entendido de que la sanción al sujeto pasivo del impuesto al consumo es aplicable a éste, solo en el evento en que tenga la responsabilidad de movilizar los productos gravados.
Así mismo, declaró la EXEQUIBILIDAD de los artículos 20 y 21 ibídem, al considerar que las sanciones establecidas en ellos no violan los artículos 29, 95.9 y 363 Superiores, según los cargos analizados.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1762/15. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 21 de la Ley 1762 de 2015, "por medio de la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal", en el entendido de que la sanción es aplicable al sujeto pasivo solo en el evento en que este sea responsable de movilizar los productos gravados con el impuesto al consumo.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el artículo 22 de la Ley 1762 de 2015, "por medio de la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal", en el entendido de que la sanción al sujeto pasivo es aplicable solo en el evento en que este sea responsable de movilizar los productos gravados con el impuesto al consumo.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLES el artículo 20 y 21 de la Ley 1762 de 2015, "por medio de la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal", por los cargos y las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.