Micelio
Sentencia de Constitucionalidad6 de junio de 2024Sala Plena

C-211 de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Bernal Corredor Diego·Demandado Ley 1a. De 1991

Tema · dato duro
Régimen De Sanciones En El Estatuto De Puertos Marítimos No Vulnera Principio De Tipicidad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio De Tipicidad
  • Tipos en blanco o conceptos jurídicos indeterminados
Principio De Tipicidad En Derecho Administrativo Sancionador
  • No se vulnera cuando la falta o infracción está descrita de manera específica y precisa, o sea determinable
  • No se vulnera en régimen sancionatorio incorporado en el Estatuto de Puertos Marítimos
9 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 41 de la Ley 1ª de 1991, por la cual se expide el estatuto de Puertos Marítimos y se dictan otras disposiciones.

El demandante alegó que la norma cuestionada vulnera el principio de tipicidad por la presunta falta de correlación existente entre la conducta sancionable y la sanción.

Así mismo, por introducir conceptos vagos, ambiguos e indeterminados, relacionados tanto con las conductas sancionables, como con los criterios de graduación de las sanciones.

Concluyó la Corte que la norma acusada no desconoció el principio de tipicidad que el accionante asoció con la noción de conceptos jurídicos indeterminados.

Por lo anterior, declaró EXEQUIBLE el artículo censurado por el cargo analizado en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 41Ley 1/91 «DECLARAR EXEQUIBLE el artículo 41 de la Ley 1ª de 1991 por el cargo analizado en la presente sentencia.»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. Único.-DECLARAR EXEQUIBLE el artículo 41 de la ley 1ª de 1991 "[p]or la cual se expide el estatuto de Puertos Marítimos y se dictan otras disposiciones", por el cargo analizado en la presente sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
AclaraciónJosé Fernando Reyes CuartasSalvamentoJorge Enrique Ibáñez NajarSalvamentoVladimir Fernández Andrade
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.