Sentencia de Tutela9 de junio de 1993
T-219 de 1993
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Francisco Javier Toro
✓
Tema · dato duro
Libertad De Expresion. Libertad De Asociacion En Centros Carcelarios. Derechos De Los Internos. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Libertad De Enseñanza
- Contenido
5 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos de los Juzgados
- Primero. Penal Municipal y
- Segundo. Penal del Circuito de Calarcá, proferidos los días catorce (14) y veintinueve (29) de enero de mil novecientos noventa y tres (1993), respectivamente, y que denegaron la tutela solicitada por Francisco Javier Toro Alvarez.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela de los derechos a la libertad de expresión, libertad de enseñanza, reunión y libre asociación, del señor Francisco Javier Toro Alvarez.
- TERCERO. ORDENAR al Director de la Penitenciaria Rural de Peñas Blancas de Calarcá, permitir al Comité que preside Francisco Javier Toro Alvarez, reunirse en las aulas educativas del centro carcelario, y permitir que este pueda dictar cátedra o enseñar la Constitución Nacional y todo lo relacionado en materia de derechos humanos en las aulas educativas de este establecimiento carcelario, durante todo el tiempo que permanezca confinado, dentro de los horarios permitidos por los reglamentos.
- QUINTO. LIBRAR comunicación al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Calarcá, a efectos de que notifique esta sentencia a las partes y adopte las decisiones necesarias para adecuar su fallo a lo aquí dispuesto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por59
C-090/24Comportamientos Que Afectan A Grupos Sociales De Especial Protección Incluye Todas Las Formas De Irrespeto A Las Manifestaciones Y Reuniones En El Espacio Público O En Lugares Privados De Las Personas En Condición De Discapacidad.C-471/20Cst. Sindicatos. El Cargo De Fiscal Del Sindicato Le Corresponde A La Fracción Mayoritaria De Las Minorías.T-002/18Derecho A La Visita Intima De Personas Privadas De La Libertad.T-197/17Estado De Cosas Inconstitucional Del Sistema Carcelario. Reiteracion T-388-13 Y T-762-15T-075/16Situacion Carcelaria Del Pais. Derechos Fundamentales De Las Personas Recluidas. Derecho A La Dignidad Humana De Este Grupo Poblacional.T-195/15
Ver las 59 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.