Sentencia de Tutela31 de julio de 2000
T-966 de 2000
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Luis Leon España Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad. Libertad. Debido Proceso Y Defensa. Traslado De Reclusos Para Audiencia Publica De Juzgamiento. Delito De Homicidio. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Debido Proceso Publico Sin Dilaciones Injustificadas
- Posposición de traslado de recluso para audiencia
Debido Proceso
- Traslado de recluso al lugar en el que se adelanta el proceso penal
- Reclusión del procesado en la sede del proceso
Derechos Del Interno
- Límites razonables y proporcionales
- Existencia digna
Derechos Fundamentales De Personas Privadas De La Libertad
- Coordinación y cooperación interinstitucional
Hacinamiento Carcelario
- Traslado de recluso
Corte Constitucional
- Colaboración armónica con órganos del Estado
Establecimiento Carcelario
- Discrecionalidad para restringir de forma razonable los derechos del interno
Estado De Cosas
- Notificación y requerimiento por violación de la Constitución
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Tercero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Cali. En su lugar, se concedera el amparo solicitado.
- Segundo. ORDENAR al Director Nacional del INPEC, al Director Regional Occidente del INPEC, al Comandante de Guardia y a la directora de la Carcel Distrital "Villahermosa" de la ciudad de Cali, que realicen la totalidad de las gestiones encaminadas a efectuar el traslado de los actores a la ciudad de Pasto, en la fecha previamente acordada con el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Pasto, para la realizacion de la audiencia publica de juzgamiento dentro de la causa Ndeg 0057 contra los actores, por la presunta comision del delito de homicidio.
- Tercero. ORDENAR a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, a la Fiscalia General de la Nacion, al Ministro de Defensa, a la Direccion Nacional de la Policia, a la Direccion Nacional del INPEC y al Ministerio de Justicia y del Derecho, que, en el ano siguiente a la notificacion de esta providencia, conforme lo establecido en los fundamentos 18 y 19 de la misma, disenen una estrategia global tendiente a corregir el problema estructural que existe respecto de las remisiones de los internos a las localidades en las cuales estan siendo juzgados, tal y como ha quedado descrito en la presente tutela.
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-153/98Estado De Cosas Inconstitucional En Los Centros De Reclusion Del Pais. Hacinamiento En La Carcel De Bellavista. Concedida.T-714/96Der. Al Minimo Vital De Los Reclusos. Indebida Alimentacion En La Carcel. Hecho Superado. Negada.T-706/96Der. A La Informacion. Internas Sindicadas Por Delitos Politicos. Carcel De Mujeres De Cali. Retencion De Periodicos Politicos. Concedida.T-705/96Der. De Peticion. Libertad De Expresion. Ders. De Los Internos. Solicitud De Audiencia. Confiscacion De Maquina De Escribir. Concedida.C-318/95Ley 65/93. Art. 168. Estados De Emergencia Penitenciaria Y Carcelaria. Traslado De Internos. Inpec. Exequible.T-420/94Der. A La Seguridad. Der. A La Intimidad. Salubridad En Centros Carcelarios. Traslado De La Prision De San Diego. C/Gena. Concedida.
Ver las 14 →Citada por81
T-386/24Estado De Cosas Inconstitucional En Materia Carcelaria-Reiteración Jurisprudencial Sobre Dignidad Humana, Trato Digno, Alimentación Sana Y La Vida Digna De Las Personas Privadas De La Libertad (Fallo Inter Comunis).T-298/24Derechos Fundamentales De Las Personas Privadas De La Libertad-Presunción De Inocencia, Tratamiento Penitenciario Y Resocialización Cuando La Sentencia Condenatoria No Está Ejecutoriada.T-235/24Derecho Al Debido Proceso Administrativo En El Establecimientos Penitenciarios-Persona Privada De La Libertada A Quien Se Le Cambió La Actividad Ocupacional Para La Redención De La Pena.T-216/24Derechos A La Dignidad Humana, Salud, Integridad Física Y Alimentación-Estado De Cosas Inconstitucional En El Sistema Carcelario Y Penitenciario De Las Mujeres Personas Privadas De La Libertad.T-089/24Reiteración Jurisprudencial Relacionadas Con La Privación De La Libertad, El Hacinamiento Y La Extensión Del Estado De Cosas Inconstitucional En Materia Carcelaria En Los Centros De Detención Transitoria.T-003/24Derecho Al Trabajo Penitenciario-Vulneración Por Mora En El Pago De Las Bonificaciones, Prestación Debida A Las Personas Privadas De La Libertad.
Ver las 81 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.