Micelio
Sentencia de Tutela20 de septiembre de 2007

T-740 de 2007

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Desideria Sanchez Botache Vs. Cajanal

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Requisitos que deben demostrarse para que proceda el reconocimiento de pensión de sobrevivientes
  • Procedencia excepcional para reconocimiento de pensión de sobrevivientes cuando se está ante la inminencia de un perjuicio irremediable
Pension De Sobrevivientes
  • Cajanal la negó al hijo de la causante que no demostró el requisito de estudio, pero también a la madre que dependía económicamente de su hija
  • Casos en que adquiere carácter fundamental
  • Orden de prevalencia de los beneficiarios
  • Padres pueden acceder a la prestación si no existe persona con mejor derecho y logran demostrar la dependencia económica
Accion De Tutela Transitoria
  • Reconocimiento pensión de sobrevivientes a la madre de la causante mientras no se reconozca la existencia de mejor derecho a favor del hijo
3 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital y la vida en condiciones dignas de persona de la tercera edad madre de pensionada fallecida a quien la entidad se niega a reconocerle la pension de sobreviviente aduciendo un mejor derecho del hijo de la causante a quien tampoco se la reconoce por no acreditar estudios a la fecha del fallecimiento de la pensionada habiendo este desistido de la prestacion y por consiguiente correspondiendole mejor derecho a la accionante.solicita se ordene el reconocimiento de la pension de sobreviviente de su hija.procedencia excepcional de la accion de tutela para ordenar el reconocimiento de la pension de sobrevivientes.

Relevancia constitucional del derecho al reconocimiento de la pension de sobrevivientes.

En el presente asunto la accion de tutela resulta procedente.

Orden de prevalencia para reconocer la pension de sobrevivientes.

Beneficiarios de la pension de sobrevivientes.

En el presente caso la sala concluye que mientras el hijo no demuestre que cumple los requisitos para ser beneficiario de la pension de sobrevivientes la madre de la causante tiene derecho a dicho reconocimiento hasta que el juez administrativo resuelva de fondo la demanda que cursa actualmente.concedida como mecanismo transitorio

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 13 de abril de 2007 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, que a su vez confirmó la sentencia del 12 de marzo del 2007 del Juzgado 32 Penal del Circuito de Bogotá. En su lugar, CONCEDER, como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, la tutela de los derechos al mínimo vital y a la vida en condiciones dignas de la señora Desideria Sánchez Botache.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Gerente de la Caja Nacional de Previsión que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, reconozca de manera transitoria a la señora Desideria Sánchez Botache el derecho a la pensión de sobrevivientes, condicionada al hecho de que el hijo de la causante no demuestre el cumplimiento de los requisitos señalados en la ley, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
  3. TERCERO. Por la Secretaría, líbrese las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.