Micelio
Sentencia de Tutela21 de septiembre de 2012

T-731 de 2012

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Blanca Manrique Otalora En Representacion De Su Hijo Wilder Horacio Vasquez·Demandado Salud Total E.P.S.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Eps
  • Ordenar a la Secretaría de Educación para que menor de edad con parálisis cerebral sea valorado por profesionales expertos en educación inclusiva atendiendo tipo de discapacidad que presenta para determinar y garantizar acceso
  • Solicitud cambio de institución para realización de terapias y tratamientos que recibe hijo menor de edad con parálisis cerebral
Accion De Tutela De Madre De Menor De Edad Con Paralisis Cerebral Contra Eps
  • Derecho a que se establezca condición real de salud y se determinen tratamientos adecuados para garantizar existencia en condiciones dignas
  • Negar por no presentar prueba que justifique necesidad de realizar terapias y tratamientos en otra institución y estar recibiendo tratamiento integral protegido por fallo de tute
  • Vulneración por suspensión de tratamiento y servicios de fonoaudiología y terapia ocupacional máxime si este fue suspendido sin efectuarse el correspondiente estudio médico
Accion De Tutela Temeraria
  • Inexistencia por cuanto se presentan hechos nuevos
Derecho A La Salud
  • Afectación ante ausencia de orden emitida por médico tratante y autorización de servicios no POS
Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Tratamiento integral
  • Fundamental y prevalente
Acciones Afirmativas
  • Garantizan el goce efectivo de derechos fundamentales a personas en situación de discapacidad
Menores De Edad
  • Protección constitucional reforzada
Convencion Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad
  • Deber de los Estados garantizar el derecho fundamental a la educación inclusiva
12 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En el presente asunto la demandante instauró la acción de tutela en contra de SALUD TOTAL E.P.S., por considerar que esta entidad vulneró derechos fundamentales de su menor hijo, al negarle la autorización de tratamiento integral en las instituciones IPS NEUROREHABILITAR o en HORIZONTES ABA-TERAPIA INTEGRAL, oponiendo como razones para ello que éstas entidades no hacen parte de las contratadas por ellos para la realización de los servicios solicitados y que no existe una orden médica que prescriba los tratamientos, ni tampoco prueba de que las terapias que esta recibiendo el menor por parte de la IPS adscrita, no son suficientes para mejorar su calidad de vida.

Luego de reiterar jurisprudencia de la Corporación relacionada con la protección reforzada de que son sujetos los menores de edad y la protección constitucional del derecho a la salud de los niños y niñas en situación de discapacidad, en virtud del principio de integralidad, la Sala decide confirmar las decisiones de instancia, en cuanto NEGARON las pretensiones de la demanda.

Pese a lo anterior, ordena a la Secretaría de Educación de Bogotá que el menor sea valorado por profesionales expertos en educación inclusiva, atendiendo el tipo de discapacidad que presenta, con el fin de determinar y garantizar su acceso a programas educativos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias de tutela proferidas por los Juzgados
  2. Primero. Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Bogota y Juzgado
  3. Cuarto. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota, el ocho (8) de febrero de dos mil doce (2012) y el 21 de marzo de 2012 respectivamente, en cuanto negaron las pretensiones de la senora Blanca Manrique Otalora en representacion de su hijo Wilder Horacio Vasquez Manrique, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  4. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaria de Educacion de Bogota para que el menor de edad Wilder Horacio Vasquez Manrique sea valorado por profesionales expertos en educacion inclusiva, atendiendo al tipo de discapacidad que presenta, con el fin de determinar y garantizar su acceso a programas educativos.
  5. TERCERO. Por Secretaria General librar las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialLuis Ernesto Vargas Silva
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.