T-703 de 2009
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Oscar Albeiro Gaviria Alzate·Demandado Juez Quinto Laboral Del Circuito De Medellin
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Subsidiariedad
- No vulneración de derechos fundamentales si se prueba que el empleador no tenía conocimiento de la enfermedad o que la desvinculación obedeció a circunstancias objetivas ajenas a la dolencia del
- Protección constitucional en el ámbito laboral
- Desvinculación se originó en cumplimiento de mandato legal en materia de carrera judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Trabajo, salud, mínimo vital.
El actor es portador de VIH, fue desvinculado del cargo de Oficial Mayor, al tenerse que proveer este cargo en propiedad de acuerdo con el concurso de méritos, solicita ser reintegrado a su lugar de trabajo ya que debido a su despido se encuentra sin seguridad social quedando en un grave estado de indefensión debido a su enfermedad.
La Sala hace mención de la estabilidad laboral reforzada y reintegro, aclara que cuando las personas se encuentran en estado de debilidad manifiesta, es necesaria la acreditación de conexidad entre la debilidad y la desvinculación laboral, por lo tanto se encuentra que en este caso la desvinculación no fue arbitraria y que no tuvo origen en que el actor fuese portador de VIH, la atención médica se encuentra garantizada a través del régimen de salud subsidiado.
Negada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR, por las razones expresadas en esta providencia, la sentencia proferida el 23 de abril de 2009 por el Tribunal Superior de Medellin, Sala de Decision Civil, que a su turno confirmo la dictada por el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Medellin el 9 de marzo de 2009, que denego el amparo solicitado por el senor Oscar Alveiro Gaviria Alzate.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.