T-657 de 2013
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Junta Directiva Del Consejo Comunitario De Mulalo·Demandado Ministerio Del Medio Ambiente Y Desarrollo Sostenible Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Para que un proyecto sea consultado no es necesario que la afectación se produzca en territorios colectivos
- Vulneración por cuanto no se ha consultado proyecto de la carretera Mulaló-Loboguerrero con la comunidad negra afectada
- Protección
- Orden a Ministerio del Interior adelante proceso de consulta previa por la afectación del trazado para la construcción de carretera Mulaló-Loboguerrero
- Protección constitucional
- Único mecanismo judicial eficaz para garantizar que los pueblos indígenas sean consultados
- Requisitos o reglas jurisprudenciales
- Análisis jurisprudencial sobre hecho superado y daño consumado
- No se considera daño consumado por cuanto no se ha empezado la construcción de carretera y omisión de consulta permanece en el tiempo
- Vulneración del derecho a la consulta previa permanece en el tiempo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso los miembros directivos del Consejo Comunitario de Mulaló, ubicado en el corregimiento Mulaló del municipio de Yumbo (Valle), interpusieron la acción de tutela en contra del Ministerio del Medio Ambientey Desarrollo Sostenible, al igual que contra el Ministerio del Interior, INVIAS y el Consorcio D.I.S.
S.A – EDL LTDA, para alegar la vulneración de los derechos al debido proceso administrativo, a la libre determinación, a la consulta previa y a la integridad cultural, en virtud de no haber sido incluidos en el trazado de la carretera Mulaló- Loboguerrero, a pesar de que el proyecto se encuentra dentro del área de influencia de dicha comunidad.
Entre los argumentos esbozados por las entidades accionadas para solicitar no acceder a las pretensiones de la demanda, estuvo la excepción de cosa juzgada, el incumplimiento del requisito de inmediatez y el daño consumado.
La Sala desarrolla la siguiente metodología. : 1º.
Análisis de procedibilidad formal de la acción de tutela. 2º.
Reiteración de jurisprudencia sobre consulta previa cuando se construyen vías en el área de influencia de minorías étnicas y 3º.
Análisis del caso concreto.
Se CONCEDE el ampro del derecho a la consulta previa.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas en primera instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el doce (12) de marzo de 2013, y en segunda instancia por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el 9 de mayo de 2013. En su lugar conceder el amparo por el derecho a la consulta previa del Consejo Comunitario de Mulalo.
- Segundo. ORDENAR al Ministerio del Interior Oficina de Consulta Previa, que dentro de los veinte (20) dias siguientes a la comunicacion de esta sentencia, inicie la consulta previa ante el Consejo Comunitario de Mulalo, en el que se convoque a todas las partes involucradas en el proceso de planeacion y ejecucion de la carretera Mulalo - Loboguerrero, en lo que respecta a la alternativa 3 ajustada o mejorada.
- Tercero. Solicitar a la Defensoria del Pueblo y a la Procuraduria General de la Nacion apoyar, acompanar y vigilar el pleno cumplimiento de lo determinado en el presente fallo, con el fin de garantizar la efectividad de los derechos aqui protegidos.
- Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.