Micelio
Sentencia de Tutela9 de noviembre de 2016

T-614 de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Juan Sebastian Rodriguez Murcia Y Otro·Demandado Direccion De Reclutamiento Distrito Militar 42 Sede Neiva

Tema · dato duro
Proceso Sancionatorio Militar Por Incumplir Con La Citacion Hecha Por La Autoridad De Reclutamiento Para La Definicion De Situacion Militar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso En Tramites Relativos A La Definicion De La Situacion Militar
  • Vulneración por Dirección de reclutamiento del Ejército, al imponer multa por remiso a los accionantes, sin realizar la debida citación y notificación de la misma
Definición De La Situación Militar
  • Etapas o trámite dispuesto por el Decreto 2048 de 1993
  • Prestación del servicio militar o pago de la cuota de compensación por inhabilidad, causal de exención o falta de cupo
  • Proceso sancionatorio militar por incumplir con la citación hecha por la autoridad de reclutamiento
  • El ciudadano que no cumpla con la obligación de definir situación militar será declarado infractor y se hará acreedor a una sanción pecuniaria
  • Orden a Ejército haga entrega de libre militar manteniendo exonerado del pago de la cuota de compensación militar y de la multa por inasistencia a la concentración para definir situación militar
Exencion En La Prestacion Del Servicio Militar
  • No se observa que exista un motivo que justifique la no comparecencia a la concentración del accionante, ni se arguye que pueda estar exento de la prestación del servicio militar en los precisos términos esta
Derecho A La Educación Superior
  • Eliminación de la presentación de libreta militar para obtener título universitario, según ley 1738 de 2014
Direccion De Reclutamiento Del Ejercito Nacional
  • Ciudadano que incumpla concentración será declarado remiso y se le impondrá una multa
Servicio Militar Obligatorio
  • Procedimiento que rige el reclutamiento e incorporación al servicio militar
Servicio Militar
  • Exención al hijo único
11 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se analizan dos acciones de tutela presentadas de manera independiente pero en contra de la misma entidad, en las cuales se aduce, en su orden, que la vulneración de derechos se presentó a raíz de la expedición de un acto administrativo a través del cual se le declaró remiso al peticionario y se le impuso una multa de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada año de retardo o fracción en la que hubiere dejado de presentarse para aclarar su situación militar y, por cobrarle al otro actor la cuota de compensación militar a pesar de encontrarse exento del pago de la misma, por pertenecer al nivel 2 del Sisben.

Se analizan los siguientes ejes temáticos: 1º.

La procedencia de la acción de tutela para controvertir actos administrativos proferidos por el Ejército Nacional. 2º.

El contexto normativo de la prestación del servicio militar obligatorio. 3º.

La aplicación del debido proceso administrativo en los trámites de la definición de la situación militar. 4º.

El debido proceso en los trámites de reclutamiento e incorporación al servicio militar. 5º.

La incidencia directa que tiene la definición de la situación militar en la protección y el ejercicio de otros derechos fundamentales y, 6º.

El proceso sancionatorio militar por incumplir con la citación hecha por la autoridad de reclutamiento para la definición de la situación militar.

En ambos casos se CONCEDE el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. Primero. En el expediente T-5.694.183, REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Cuarto. Penal del Circuito de Neiva (Huila) y la Sala Primera de Decision Penal del Tribunal del Distrito Judicial de Neiva el 17 de marzo y 2 de mayo de 2016 correspondientemente, dentro de la accion de tutela promovida por el senor Juan Sebastian Rodriguez Murcia. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos de peticion, debido proceso y minimo vital del accionante.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion 245 de 6 de octubre de 2015, a traves de la cual se declaro remiso al senor Juan Sebastian Rodriguez Murcia y se le multo por no haber justificado su inasistencia a la concentracion para definir la situacion militar.
  4. Tercero. ORDENAR a la Direccion de Reclutamiento y Control de Reservas, Novena Zona de Reclutamiento del Distrito Militar num. 42, sede Neiva, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, haga entrega de la libreta militar al joven Juan Sebastian Rodriguez Murcia manteniendolo exonerado del pago de la cuota de compensacion militar, del pago de los derechos de expedicion y laminacion y de la multa impuesta mediante resolucion 245 de 6 de octubre de 2015.
  5. Cuarto. En el expediente T-5.706.685, REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  6. Quinto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Neiva-Huila- y la Sala Segunda de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -Huila- el 7 de abril y 11 de mayo de 2016, correspondientemente, dentro de la accion de tutela promovida por el senor Andres Felipe Zapata Gasca. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos de peticion, debido proceso y minimo vital del actor.
  7. Quinto. DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion 035 de 2015, a traves de la cual se multo al senor Andres Felipe Zapata Gasca por no haber justificado su inasistencia a la concentracion para definir la situacion militar.
  8. Sexto. ORDENAR a la Direccion de Reclutamiento y Control de Reservas, Novena Zona de Reclutamiento del Distrito Militar num. 42, sede Neiva, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, haga entrega de la libreta militar al joven Andres Felipe Zapata Gasca manteniendolo exonerado del pago de la cuota de compensacion militar, del pago de los derechos de expedicion y laminacion y de la multa impuesta mediante Resolucion 035 de 2015.
  9. Septimo. LIBRENSE por Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.