Micelio
Sentencia de Tutela20 de febrero de 2018

T-049 de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Guillermo Alejandro Salazar Novoa·Demandado Tercera Zona De Reclutamiento De Cali

Tema · dato duro
Debido Proceso En Tramites Relativos A La Definicion De La Situación Militar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Libreta Militar Provisional
  • Instrumento que prueba el aplazamiento de la definición de la situación militar
Servicio Militar Obligatorio
  • Marco normativo y jurisprudencial
Debido Proceso En Tramites Relativos A La Definicion De La Situacion Militar
  • Orden al Ejército hacer entrega de libreta militar provisional, ya que la definición de la situación militar del accionante se encuentra aplazada
  • Alcance
Definición De La Situación Militar
  • Proceso sancionatorio militar por incumplir con la citación hecha por la autoridad de reclutamiento
Derecho A La Libertad Religiosa Y De Cultos En El Marco De Un Concurso De Meritos
  • Vulneración por la CNSC por la negativa de reprogramar la prueba psicotécnica para día diferente a sábado
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor alega que la Resolución proferida por la Zona Tercera de Reclutamiento de Cali vulneró su derecho al debido proceso, al atribuirle la condición de remiso y, en consecuencia, imponerle una sanción correspondiente a una multa de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, a pesar de haber autorizado el aplazamiento de la prestación del servicio militar y de cancelar el valor correspondiente a la expedición de una libreta militar provisional, por tener la calidad de estudiante de pregrado. .

Se aborda la siguiente temática: 1º.

El marco normativo de la prestación del servicio militar obligatorio en Colombia. 2º.

Las causales de exención y aplazamiento del servicio militar obligatorio. 3º.

La libreta militar provisional como instrumento que prueba dicho aplazamiento. 4º.

El proceso sancionatorio militar por incumplir con la citación hecha por la autoridad de reclutamiento para la definición de la situación militar y, 5º.

La aplicación del debido proceso administrativo en la definición de la situación militar.

Se CONCEDE el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Santander de Quilichao y por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan, el 8 de junio de 2017 y el 14 de julio de 2017 respectivamente, dentro de la accion de tutela promovida por el senor Guillermo Alejandro Salazar Novoa. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al debido proceso.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion 38 del veintiocho (28) de marzo de dos mil diecisiete (2017), a traves de la cual se declaro remiso al senor Guillermo Alejandro Salazar Novoa y, en consecuencia, se le sanciono con dos (2) multas correspondientes a dos (2) salarios minimos legales mensuales vigentes.
  4. Tercero. ORDENAR a la Tercera Zona de Reclutamiento de Cali, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, haga entrega de la libreta militar provisional al joven Guillermo Alejandro Salazar Novoa. Lo anterior, atendiendo que actualmente la definicion de su situacion, militar se encuentra aplazada como quiera que tiene la calidad de estudiante de pregrado.
  5. Cuarto. LIBRENSE por Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.