Micelio
Sentencia de Tutela23 de agosto de 2013

T-562 de 2013

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Luz Elena Vasquez Yepez·Demandado Institucion Educativa Inem Jose Felix Restrepo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educacion De Personas De Comunidad Lgbti
  • Deber de acompañamiento y proceso de adaptación de comunidad educativa a estudiante que se autodetermina como persona trans
  • Jurisprudencia constitucional
  • No vulneración cuando se sanciona a estudiante por incurrir en faltas que comprometen la disciplina del plantel educativo
  • Respeto por el pluralismo y diversidad en establecimientos educativos
Derecho Fundamental A La Educacion Y Al Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Orden a colegio que en la cátedra de Constitución Política de Colombia, genere espacios de debate acerca del libre desarrollo de la personalidad así como de los principios de tole
  • Caso en que colegio niega ingreso a clases a estudiante que se autodetermina como persona trans y asiste con uniforme femenino
  • Orden a colegio que matricule a estudiante que se autodetermina como persona trans, permitiéndole usar el uniforme femenino de la institución
Manual De Convivencia
  • Límites legales y constitucionales
Derecho Al Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Contenido y alcance
  • No vulneración de comunidad educativa a estudiante transexual que decidió portar uniforme de niñas
Comunidad Educativa
  • Alcance de la potestad reguladora
Derecho A La Educación
  • Comprende cuatro dimensiones de contenido prestacional según la jurisprudencia y la doctrina
Derecho A La Identidad Sexual Y De Genero
  • En caso de menores de edad, exige estudios especializados por parte de expertos que frente al caso del accionante, consideren que el acto de portar uniforme de niñas constituya el camino indicado para reafirmar su
  • Protección constitucional e internacional
Opcion Sexual
  • Jurisprudencia la ha identificado como uno de los criterios sospechosos de discriminación
12 temas · 20 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se aduce que el centro educativo accionado vulneró derechos fundamentales de un joven estudiante que se considera persona trans, al no permitirle asistir a las aulas de clases portando el uniforme femenino de la institución, bajo el argumento de tener que portar el establecido en el manual de convivencia.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

El libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana. 2º.

El derecho fundamental a la educación de los niños y adolescentes con relación al libre desarrollo de la personalidad. 3º.

La protección a la identidad sexual. 4º.

El alcance de la potestad reguladora de la comunidad educativa.

Sentencia SU641/98 y, 5º.

La jurisprudencia sobre el derecho a la educación de las personas LGTBI.

La Sala considera que se deben tutelar los derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la educación de un menor de edad que se autodetermina como persona trans, cuando, una vez el estudiante comunica su condición al colegio, éste no inicia un proceso de adaptación con él y la comunidad educativa, tendiente a mantenerlo en el sistema educativo, con el fin de que no se limite el goce de sus derechos sin una justificación constitucionalmente razonable.

Se CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Decimo.
  3. Sexto. Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Medellin, el 21 de marzo de 2013, que confirmo el fallo del Juzgado Diecinueve Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Medellin, del 14 de febrero de 2013, que nego el amparo.
  4. Segundo. CONCEDER los derechos fundamentales de Kim al libre desarrollo de la personalidad y a la educacion.
  5. Tercero. ORDENAR al Instituto Educativo INEM Jose Felix de Restrepo a traves de su representante legal o de quien haga sus veces, que dentro del termino de diez (10) dias siguientes a la notificacion de la presente providencia, si aun no lo ha hecho, y si la estudiante asi lo desea, matricule a Kim en el grado 9o o uno superior, de acuerdo con la nivelacion a la que hace referencia el siguiente numeral, permitiendole usar el uniforme femenino de la Institucion. A su vez, dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificacion de esta sentencia, debera hacer un estudio de la situacion particular de Kim, iniciando un proceso de adaptacion tanto para la estudiante como para toda la comunidad educativa.
  6. Cuarto. ORDENAR al Instituto Educativo INEM Jose Felix de Restrepo a traves de su representante legal o de quien haga sus veces, que tome las medidas necesarias para lograr la nivelacion academica de Kim.
  7. Quinto. ORDENAR al Instituto Educativo INEM Jose Felix de Restrepo que, a traves de su representante legal o de quien haga sus veces, en la catedra de estudio de la Constitucion Politica de Colombia, generen espacios de debate acerca del derecho al libre desarrollo de la personalidad, asi como de los principios de tolerancia, pluralismo, respecto a la diversidad y la igualdad en la diferencia, desarrollados en esta providencia.
  8. Sexto. ORDENAR al Instituto Educativo INEM Jose Felix de Restrepo que, a traves de su representante legal o de quien haga sus veces, los docentes, coordinadores y el area de psicologia, preparen un protocolo de acompanamiento a los casos como el expuesto en esta sentencia.
  9. Septimo. ORDENAR a la Personeria Municipal de Medellin que, en uso de sus facultades legales, haga seguimiento a las ordenes proferidas en esta providencia, en aras de garantizar la continuidad de Kim en el centro educativo, si ella asi lo desea.
  10. Octavo. Le corresponde al Juzgado Diecinueve Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Medellin, como juez de primera instancia en el proceso de tutela de la referencia, velar por el cumplimiento de lo aqui ordenado.
  11. Noveno. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.