Micelio
Sentencia de Tutela22 de agosto de 2013

T-561 de 2013

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Oscar Urbano Cruz Y Otra·Demandado Secretaria De Educacion Departamental Del Cauca Y Otra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Traslado De Docente
  • Improcedencia por cuanto no está acreditado mediante dictamen médico laboral estado de salud de la accionante
Traslado Laboral De Docente
  • Vulneración al no analizar situación particular respecto a condición familiar y laboral de padre cabeza de familia con hija que requiere atención y cuidado por su estado especial de salud
Acción De Tutela Para Traslado De Docente
  • Procedencia excepcional por vulneración de derechos del trabajador o su núcleo familiar
Derecho A La Unidad Familiar De Docente
  • Orden a la Secretaría de Educación reubique provisionalmente al accionante en una institución educativa cercana a su residencia
Ius Variandi
  • Facultades de la administración pública para trasladar funcionarios y docentes de acuerdo con las necesidades del servicio
Madre Cabeza De Familia
  • Extensión de la protección al padre cabeza de familia
Traslado De Docentes
  • Límites a la discrecionalidad de la administración cuando vulnera derechos del docente y su núcleo familiar
Ejercicio Del Ius Variandi Y Sus Limites Constitucionales En Casos De Traslado De Docentes
  • Límites a la discrecionalidad de la administración cuando vulnera derechos del docente y su núcleo familiar
8 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Unidad familiar, tener una familia y no ser separado de ella.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Los aspectos básicos y comunes que se analizan en los casos objeto de estudio tienen que ver con demandas de tutela en contra de las Secretarías de Educación Departamental del Cauca y de Nariño por despachar negativamente las solicitudes de traslado impetradas por los actores, sin tener en cuenta para ellos, de manera respectiva, la condición de padre cabeza de familia y el estado de salud que presenta.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela para controvertir decisiones sobre traslados de docentes y, 2º.

El ejercicio del ius variandi frente a las solicitudes de traslado de los docentes y la relación de la administración pública con los derechos fundamentales.

En un caso se concede el amparo solicitado y en el otro se confirma la decisión de instancia que negó el recurso de amparo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida por el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo del Circuito de Popayan, Cauca, el 20 de febrero de 2013, dentro del Expediente T-3.871.179, por las razones expuestas en esta providencia y, en su lugar, TUTELAR los derechos constitucionales fundamentales a la unidad familiar, a tener una familia y a no ser separado de ella, de Oscar Urbano Cruz y de su menor hija Rosa Daniela Urbano Valencia.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaria de Educacion Departamental del Cauca que, en el termino improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, disponga las medidas pertinentes para reubicar con caracter provisional al senor Oscar Urbano Cruz en una institucion educativa cercana al municipio de Popayan, mientras se surte el proximo proceso administrativo de traslados en el que dara prelacion a la solicitud del actor relativa a su reubicacion en un centro educativo cercano a su residencia, o bien facilitando, en cualquier tiempo, una permuta con otro docente que voluntariamente decida intercambiar su plaza laboral, ubicada cerca al municipio de Popayan.
  4. TERCERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la Sentencia proferida por el Juzgado
  5. Tercero. Penal del Circuito de Pasto, el 8 de marzo de 2013, dentro del Expediente T-3.871.393.
  6. CUARTO. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.