T-048 de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Dario Rafael Antequera Antequera·Demandado Personeria Distrital De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Improcedencia por cuanto no se evidencia vulneración del derecho al trabajo
- Procedencia
- Su ejercicio debe sustentarse en la discrecionalidad no en la arbitrariedad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El accionante indicó que la Personería Distrital de Bogotá vulneró sus derechos fundamentales al trabajo y a la vida digna, al trasladarlo de su lugar de trabajo sin justificación alguna, porque esta situación desmejoró su calidad de vida y su estado de salud.
Indica igualmente que los traslados a los que ha sido sometido constituyen actos de acoso laboral, puesto que siempre ha desempeñado bien sus funciones y su reubicación perjudica su estado de salud, toda vez que ha sido diagnosticado como adicto a las drogas y al alcohol y, al ser apartado de su compañera sentimental, quien también trabaja en el mismo lugar, le genera problemas porque ella es quien le brinda el soporte y el apoyo emocional que requiere.
Los jueces de instancia le concedieron el amparo solicitado de manera transitoria.
Se analiza temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela para controvertir actos administrativos que ordenan el traslado de un servidor público y el alcance del ius variandi en las plantas de personal global y flexible.
La Sala decide revocar las decisiones de instancia y NEGAR por improcedente el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por los juzgados 59 Penal Municipal con funcion de garantias de Bogota y 9 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de la misma ciudad, dentro de la accion de tutela instaurada por Dario Rafael Antequera Antequera en contra de la Personeria Distrital de Bogota.
- SEGUNDO. NEGAR el amparo por improcedente.
- TERCERO. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.