T-372 de 2024
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Guerrero Avendaño Andres Alfonso·Demandado Juzgado 2 Penal Del Circuito Con Funciones De Conocimiento De Valledupar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por incumplir requisitos de inmediatez y subsidiariedad en proceso penal
- Garantía al debido proceso del condenado
- Alcance, naturaleza y finalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se cuestiona la decisión judicial que, a partir de la aprobación de un preacuerdo con el actor, declaró su responsabilidad penal y le impuso la correspondiente condena.
En particular se censuró que en dicha sentencia se tuvo por probado, sin estarlo, el delito de receptación y, además, no se tuvo en cuenta la reparación hecha a una de las víctimas al momento de fijar la pena.
La Corte hizo el análisis a las reglas jurisprudenciales sobre tutela contra providencias judiciales, en particular, lo relativo a la defensa técnica y a los preacuerdos en materia penal.
De otro lado, verificó el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad y concluyó que no se cumplió (i) el de subsidiariedad, porque el accionante podía cuestionar el fallo por medio del recurso de apelación y, sin embargo, no lo hizo en su oportunidad y, (ii) el de inmediatez, porque se presentó la acción más de seis meses después de haberse proferido la decisión censurada.
Con base en lo anterior se confirmaron las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE la acción de tutela deprecada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Por las razones expuestas en esta providencia, CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala de Decisión de Tutelas No. 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 5 de marzo de 2024, por medio de la cual se confirmó la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito de Valledupar el 18 de diciembre de 2023, que declaró IMPROCEDENTE la acción de tutela. .
- SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.