T-541 de 2014
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Yolanda Rojas Rojas·Demandado Rector Colegio Los Alpes Ied
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia de la acción de tutela para su protección
- Vulneración por Rector de colegio, al distribuir entre distintas autoridades públicas y miembros de la comunidad educativa, un documento a través del cual acusó p
- Protección por tutela
- Vulneración por Rector de colegio, al distribuir entre distintas autoridades públicas y miembros de la comunidad educativa, un documento a través del cual acusó públicamente de incurrir en conductas inapropiadas a la ac
- Demostración pacífica de docente, no amerita pronunciamiento de órganos de control y autoridad penal
- Es una forma legítima para que los grupos de población exterioricen sus sentimientos e ideas
- Reiteración de jurisprudencia
- Garantías
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Pretende la actora que el juez constitucional proteja los derechos fundamentales que fueron vulnerados por el accionante, al distribuir entre distintas autoridades públicas y miembros de la comunidad educativa donde se desempeña como docente, un documento a través del cual la acusó públicamente de incurrir en conductas inapropiadas.
Solicita, que el accionado se retracte públicamente por cada hecho señalado en el oficio objeto de la tutela, ofrezca disculpas y realice los actos conducentes a restablecer sus derechos, sin futuras represalias.
Se abordan los siguientes temas: 1º.
Procedencia de la acción de tutela para la protección de los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre. 2º.
Derecho a la participación y a la libertad de expresión. 3º.
El derecho fundamental al trabajo implica su ejercicio en condiciones dignas y justas y, 4º.
El debido proceso como instrumento para la atribución de responsabilidades en el ámbito laboral.
Se AMPARAN los derechos fundamentales al buen nombre, a la honra, al debido proceso, al trabajo en condiciones dignas y justas y a la libertad de expresión de la actora.
Se ordena al demandado publicar a través de diferentes canales institucionales de información, una comunicación en la que, de forma clara y en nombre de la institución, se incorpore una rectificación de tenor igual o semejante al indicado en la presente sentencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado Setenta y Siete Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, proferida el 9 de diciembre de 2013, que declaro improcedente el reclamo tutelar incoado por Yolanda Rojas Rojas y, en su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales al buen nombre, a la honra, al debido proceso, al trabajo en condiciones dignas y justas y a la libertad de expresion de Yolanda Rojas Rojas.
- SEGUNDO. ORDENAR a quien haga las veces de Rector del Colegio Los Alpes I.E.D., Localidad 4deg de San Cristobal, Bogota, D.C., que, en el termino de 48 horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, publique, a traves de sus diferentes canales institucionales de informacion, una comunicacion en la que, de forma clara y en nombre de la institucion, se incorpore una rectificacion de tenor igual o semejante al indicado en la parte motiva de este proveido.
- TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.