T-540 de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Victoria Eugenia Beltran En Representacion De Su Hija Vs. Caprecom
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe garantizar directa o indirectamente prestación POS
- Repetición contra el Fosyga
- Por regla general servicios excluidos del POS no le son exigibles
- Práctica cirugía herniorrafia inguinal sin pago de cuota moderadora
- Función básica
- Obligaciones frente a servicios no incluidos en el POS
- Procedencia y no aplicación de rigorismo procesal en cuanto a manifestación de no estar en condiciones de promover su propia defensa
- Fundamental autónomo
- Incapacidad económica para pago de cuota moderadora no es óbice para recibir tratamiento médico
- Menor que padece hernia en ingle derecha
- Reglas jurisprudenciales sobre la prueba
- Cuotas moderadoras o copagos
- Conformación
- Destinatarios
- El no pago de la cuota moderadora no puede ser una barrera de acceso a la salud de los más pobres
- Constitucionales por estratificación socioeconómica
- Prestación servicios médicos excluidos del POS
- Alcance
- Beneficiarios
- Entidades habilitadas para la prestación de servicios médicos
- Niveles de complejidad para la atención médica
- Tiene como finalidad atender a toda la población pobre y vulnerable del país
- Manifestación sobre carencia de recursos económicos no requiere prueba
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida la salud y la seguridad social de menor afiliada como beneficiaria del regimen subsidiado que padece de una hernia inguinal y requiere la cirugia denominada herniorrafia inguinal pero se le exige un copago que no esta en condiciones de pagar.
Solicita se ordene la practica de la cirugia requerida y la exonere del copago.
Requisitos para actuar como agente oficioso en el tramite de la accion de tutela.
El carácter fundamental de los derechos a la salud y a la seguridad social de los niños.
La funcion basica de las administradoras del regimen subsidiado ars.
Los tratamientos no inclidos enel pos subsidiado tendran prioridad para ser atendidos en forma obligatoria en las instituciones publicas o en las privadas con las cuales tenga el estado contrato de prestacion de servicios con cargo a los recursos del sbsidio a la oferta.
La ausencias de recursos economicos de una persona para cancelar las cuotas recuperadoras o pagos moderadores no puede legitimar la negativa de las eps o ars a practicar un servicio medico.
Los derechos fundamentales deben primar sobre cualquier otro tipo de derechos mas aun si se trata de los derechos fundamentales de los niños.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Restrepo Valle del Cauca y en su lugar CONCEDER la tutela por los derechos fundamentales invocados a la menor Nicolle Dayana Rios Beltran.
- SEGUNDO. ORDENAR a la ARS Caprecom que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, si aun no lo ha hecho, autorice y asuma el 100% del valor de la intervencion quirurgica denominada "herniorrafia inguinal" que requiere la menor Nicolle Dayana Rios Beltran para el manejo de la hernia en la ingle derecha que le fue diagnosticada.
- TERCERO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.