T-513 de 2015
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Alberto·Demandado Opcion Temporal Y Cia Sas Y Capital Salud Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por ser sujetos de especial protección constitucional
- Procedencia por ser sujetos de especial protección
- Protección especial
- Finalidad de la Ley 361/97
- Orden de reintegrar al accionante a un cargo similar al que ocupaba
- Sujeto de especial protección constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicita reintegro laboral, pago de acreencias laborales, sanción contemplada en Ley 361 de 1997 artículo 26 y se declare existencia de relación laboral a término indefinido y sin solución de continuidad por terminación unilateral de contrato de trabajo por obra o labor determinada sin autorización previa del Ministerio de Trabajo.
Temas a tratar: Procedencia de la acción de tutela, Procedencia de la acción de tutela de pacientes con VIH/SIDA como sujetos de especial protección constitucional, Naturaleza y finalidad de indemnización equivalente a ciento ochenta días de salario.
Se ordena reintegro a cargo y pago de acreencias laborales dejadas de percibir durante desvinculación laboral, aportes adeudados por concepto de seguridad social e indemnización de 180 días de salario según Ley 361 de 1997 artículo 26 inciso 2
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de segunda (2a) instancia, proferido por la Sala de Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el doce (12) de febrero de dos mil quince (2015), en tanto nego la tutela invocada por el peticionario y, en su lugar, CONCEDER el amparo a sus derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, la igualdad, trabajo y el minimo vital del senor "Alberto".
- Segundo. ORDENAR a la empresa Opcion Temporal Cia. S.A.S. y Capital Salud E.P.S. reintegrar a "Alberto" al cargo de analista de recobros de salud ante el Fondo de Solidaridad y Garantias o a uno similar al que ocupaba, dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia.
- Tercero. ORDENAR a la empresa Opcion Temporal Cia. S.A.S. y Capital Salud E.P.S. que pague en favor de "Alberto" las acreencias laborales dejadas de percibir durante el periodo de su desvinculacion laboral y de los aportes adeudados por concepto de Seguridad Social (Salud y Pensiones), dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia.
- Cuarto. ORDENAR a la empresa Opcion Temporal Cia. S.A.S. y Capital Salud E.P.S. que pague en favor de "Alberto" la indemnizacion de los 180 dias de salario, contemplada en el inciso 2deg del articulo 26 de la Ley 361 de 1997, dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia.
- Quinto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.